El recurso del Ministerio Fiscal se asentó en que Urdangarín no alcanza la cuarta parte de su condena hasta el 28 de noviembre y que fue él quien eligió la prisión para cumplirla, por lo que la situación de aislamiento no le fue impuesta.
Este extremo lo rechaza la Audiencia, que subraya que la elección de centro es competencia exclusiva de la administración penitenciaria y que dicho régimen está afectando negativamente al interno.
Además, la sala entiende que el voluntariado del cuñado del Rey podría verse como un paso previo a sus futuros permisos de salida y a una clasificación de grado más flexible y aperturista para favorecer su reintegración a la sociedad.
Contra esta resolución no caben ya recursos.