El Tribunal Supremo ha cambiado su criterio inicial sobre los indultos a los condenados por el procés catalán. Ahora, gracias a una ajustada mayoría de tres votos a dos entrará ahora a revisar la concesión de los indultos a los líderes independentistas catalanes que habían sido condenados a prisión.
Esto se debe a una alteración en los magistrados que componen la Sala. Fuentes jurídicas han informado de que la Sección Quinta de Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha estimado por un solo voto de diferencia los recursos de reposición de los demandantes contra la decisión de esta misma Sala de no revisar la concesión de los indultos.
La Sección Quinta rechazó el pasado enero -también por una exigua mayoría de tres a dos- todos los recursos, particulares y de los partidos (PP, Vox y Ciudadanos) contra los indultos a los líderes independentistas en prisión, al estimar la falta de legitimación activa alegada por la Abogacía del Estado.
Entonces, los magistrados señalaron respecto a los partidos políticos que es "abrumadora" la jurisprudencia que declara que "no concurre con carácter general" su legitimación activa, salvo en aquellas actuaciones "que afecten a la esfera de sus derechos e intereses legítimos", entendiendo que este no era el caso.
Sin embargo, ahora ha decidido admitirlos a trámite. La Sala Tercera ha estimado todos los recursos excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se rechaza por unanimidad, según ha explicado el alto tribunal.
Ordena la continuación de los procedimientos
Aún así, el Tribunal Supremo ordena la continuación de los procedimientos y pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de los recurrentes planteada por la Abogacía del Estado en todos los recursos.
Pese a esta negativa, los recurrentes insistieron impugnando también en reposición, unos recursos que son los que ahora ha contestado la Sección Quinta pero con un resultado distinto.