La sentencia de la Audiencia Nacional les había condenado a penas de entre 13 y 2 años de cárcel por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, aunque no se les condenó por delitos de terrorismo que sí aparecían en los escritos de acusación de la Fiscalía tanto en primera instancia como en apelación.
La reducción de penas se debe a la no aplicación de la agravante de discriminación, ni la de abuso de superioridad en el caso del delito de atentado a la autoridad, así como a la supresión a 2 acusados de alguno de los delitos de lesiones por falta de pruebas
Por otro lado, considera el Supremo que ha existido prueba bastante y válida de las agresiones y lesiones físicas y psicológicas causadas a las víctimas para condenar por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. La resolución no ha sido unánime y dos magistrados firman un voto particular favorable a haber mantenido la agravante de discriminación.
Seguro que te interesa...
La Audiencia Nacional descarta terrorismo en la agresión de Alsasua
Se revisa la sentencia de Alsasua: el fiscal pide condena por terrorismo y la familia, absolución
La Audiencia Nacional condena a los agresores de Alsasua a entre 2 y 13 años de prisión, pero no por terrorismo
La Audiencia rectifica y rebaja de 13 a 10 años la pena a uno de los acusados de Alsasua