La Sala Segunda de lo Penal del alto tribunal considera que la repetición que hizo en la red social de chistes fáciles y de mal gusto sobre un atentado ocurrido hace 44 años es "reprochable social e incluso moralmente en cuanto mofa de una grave tragedia humana", pero no resulta proporcionada a una sanción penal.
La sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro sienta jurisprudencia y afirma que los mensajes se difundieron dentro de la clave de humor y resalta que desde 1973 se han inventado innumerables chistes. "No contienen ningún comentario ácido contra la víctima del atentado ni expresan frases o comentarios hirientes, lacerantes o ultrajantes contra su persona o cualquier aspecto concreto de su vida pública o privada", señala la resolución que añade que el dato de que el coche en el que se encontraba Carrero Blanco "alcanzó una gran altura" está ya "muy trillado y agotado".