El pasado día 2, Llarena concedió a Forcadell, Lluís Maria Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet una semana para preparar su defensa y les impuso vigilancia policial como medida cautelar, en contraste con la decisión de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.
Todos ellos comparecerán como investigados por los presuntos delitos de rebelión, sedición, malversación y otros conexos de los que la Fiscalía les considera responsables. Dentro del Ministerio Público del alto tribunal hay criterios distintos, si bien lo más probable es que la petición de medidas cautelares no se aleje demasiado de la prisión preventiva que la Fiscalía solicitó en la Audiencia Nacional para los exmiembros del Govern.
El secretario tercero de la Mesa, Joan Josep Nuet (CSQP), pidió ayer al Supremo el archivo de la causa por rebelión contra él, alegando su "pertinaz oposición al proyecto independentista" y su apuesta por el "acercamiento de posiciones entre Generalitat y Gobierno".
Nuet advierte de que la querella de la Fiscalía contiene "errores graves", dado que le imputa haber votado a favor de la tramitación de la ley de transitoriedad y de la resolución de independencia, cuando se abstuvo en el primero de los casos y votó en contra en el segundo.
La defensa del diputado de EUiA, que concurrió a las elecciones en la coalición Cataluña Sí Que Es Pot, ha aportado las actas de la Mesa correspondientes a estas dos resoluciones, así como 18 votaciones en que Nuet se opuso al "proyecto independentista".
Una vez que se haya aclarado si la decisión de Llarena coincide o no con la de Lamela en cuanto a las medidas cautelares, se podrá valorar la importancia de la segunda cuestión que debe dilucidarse en este proceso, una cuestión que no tiene por qué resolverse de manera inmediata.
El Tribunal Supremo sugería la posibilidad de reclamar para sí parte o todo este caso en el auto en el que asumía la competencia para investigar y, en su caso, enjuiciar, a los seis miembros de la Mesa del Parlament por rebelión, sedición y malversación. Así, la Sala de Admisión señalaba en ese auto que hacía extensiva su competencia, para el caso de que el magistrado instructor lo considere oportuno, respecto de aquellas otras causas penales actualmente en tramitación y que puedan referirse a hechos inescindibles respecto de los que han sido inicialmente atribuidos a los querellados.
De este modo, el instructor podría considerar que son de competencia del Supremo, por ejemplo, las acusaciones por desobediencia al Constitucional y delitos conexos presentadas contra Forcadell y otros miembros de la Mesa ante el TSJC. O también la causa abierta en la Audiencia Nacional que ha llevado a prisión a políticos catalanes en vísperas de la campaña electoral para el 21D en Cataluña.
Si el criterio de Llarena respecto a las medidas cautelares fuera diferente del ejercido por Lamela, el hecho de que el Supremo asumiera la causa en su conjunto acercaría, aparentemente, la libertad provisional de los miembros del Govern en prisión preventiva por orden de la Audiencia Nacional.