Unidas Podemos registrará este jueves una proposición de Ley de Garantía del Derecho a la Vivienda junto a otros ocho partidos de izquierdas. En ella, propone sanciones de hasta 900.000 euros por no aplicar en los contratos de alquiler de vivienda de zonas tensionadas los límites en el precio que se establezcan. El texto, de más de cien páginas, al que ha tenido acceso la agencia EFE, ha sido elaborado por organizaciones sociales como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, el Sindicato de Inquilinas, Nadie Sin Hogar y los sindicatos CCOO y UGT.
En este sentido, regula de manera detallada el mercado del alquiler y el régimen sancionador por infracciones muy graves, graves y leves en materia de contención de rentas, con multas que van de los 3.000 euros a los 900.000.
El planteamiento es que las comunidades autónomas, una vez que habiliten sus índices oficiales de referencia de precios de alquiler, podrán declarar zonas de mercado residencial tensionado, con una duración máxima de 5 años, y determinar en ellas una renta máxima.
El alquiler no podrá superar el 30% de los ingresos medios de la zona
Asimismo, estas áreas se podrán declarar si el índice oficial de referencia experimenta un crecimiento sostenido claramente superior a la media de esa comunidad, si la carga media del alquiler supera el 30 % de los ingresos medios del área urbana o de la renta media de la comunidad o si el precio de los alquileres ha experimentado en los cinco años anteriores un crecimiento interanual acumulado al menos tres puntos porcentuales por encima de la tasa del IPC de la comunidad autónoma correspondiente.
A partir de ahí, en los contratos de alquiler la renta pactada entre las partes no podrá superar el índice oficial de referencia correspondiente ni el precio del último contrato vigente en los últimos 5 años o la media de los contratos de ese periodo. La propuesta prevé una excepción en la que el arrendador podría incrementar el precio hasta el límite máximo del 10 % si realiza obras para la mejora de la vivienda.
Si la renta que se aplica supera en más de un 8 % los límites, la infracción se considera "grave" y sancionable con multas de 9.001 a 90.000 euros, mientras que si la renta excede el límite en más de un 4 % la infracción sería "leve", con multa de 3.000 a 9.000 euros.