La Santa Sede publicó hoy el "motu proprio" (documento papal) "Como una madre amorosa", con el que se concretan los artículos del Código de Derecho Canónico en los que se estipula la posibilidad de expulsar a un eclesiástico por "causas graves".
El pontífice subrayó que con este documento pretende aclarar que "entre las denominadas 'causas graves' se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de sus funciones, sobre todo en relación con los casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables".
El portavoz Federico Lombardi refirió que "la falta de diligencia" en la tramitación de los casos de abusos pueden ser también "sin grave culpa moral" por parte del obispo.
El "motu proprio" consta de cinco artículos y en el primero de ellos se señala que aquellos con responsabilidad en la Iglesia "pueden ser legítimamente retirados de su cargo si, por negligencia, haya puesto u omitido acciones que hayan provocado daños a otros".
Estos daños pueden referirse a personas físicas o a la propia comunidad y el perjuicio podrá ser "físico, moral, espiritual o patrimonial".
El obispo podrá ser retirado únicamente si ha fallado objetivamente de manera "muy grave" a sus responsabilidades pero, en el caso de que se trate de abuso a menores, "es suficiente que el fallo sea 'grave'", lo que implica un endurecimiento normativo.
En el segundo y el tercer artículo de esta reforma, el papa aborda el proceso mediante el cual un obispo podrá ser suspendido de su cargo.
En los casos en los que se den "serios indicios" de un comportamiento negligente, las congregaciones competentes de la Curia Romana podrán dar inicio a una investigación, avisando previamente al sujeto, a quien se le concederá la posibilidad de defenderse.
Lombardi aclaró que la instrucción de tales casos de negligencia corresponderá a cuatro congregaciones: la de los Obispos, la de la Evangelización de los Pueblos, la de las Iglesias Orientales, y la de Institutos de Vida Consagrada.
Una vez se alcance un dictámen y se considere oportuna la suspensión del obispo, la Congregación podrá optar, "en base a las circunstancias del caso", si expulsar al obispo "en el tiempo más breve posible" o invitarle "fraternalmente" a presentar su renuncia.
El obispo contará con un plazo de quince días para renunciar a su cargo y, si no se pronuncia en dicho plazo, la Congregación emitirá entonces el decreto de suspensión.
En cualquier caso, la decisión de la Congregación deberá ser sometida a la aprobación final del pontífice quien, antes de asumir una decisión definitiva, convocará un Colegio de juristas que según el portavoz estará compuesto previsiblemente por cardenales y obispos.
En el documento Francisco señaló que la Iglesia ama a todos sus hijos pero "cura y protege con un afecto muy particular a los pequeños e indefensos", como los niños o los adultos vulnerables.
En este sentido declaró que "esa labor de protección y cuidado concierne a toda la Iglesia, especialmente a través de sus pastores".
"Por lo tanto, los obispos diocesanos y aquellos que tengan la responsabilidad de una Iglesia particular, deben llevar a cabo una particular diligencia para proteger a quienes sean más débiles entre las personas de las que se encargan", recordó Jorge Bergoglio.
Esta reforma entrará en vigor a partir de mañana, una vez sea publicada en la gaceta oficial de la Santa Sede, "L'Osservatore Romano".
Lombardi insistió en que no se trata de un procedimiento penal debido a que no regula "delitos" como el abuso sexual, sino casos de "negligencia" en el tratamiento de estos hechos por parte de obispos y superiores religiosos.
El papa Francisco se ha mostrado muy sensible a los casos de pederastia durante su ministerio, por los que llegó a pedir perdón por la "omisión" de la Iglesia Católica en algunos escándalos sobre pederastia en distintas diócesis del mundo.
Entre sus acciones para combatir esta lacra creó una comisión para la tutela de los menores encargada de prevenir los casos de pederastia entre los religiosos y, entre sus miembros, incluyó a dos víctimas.