El Ministerio de Sanidad ha aprobado este miércoles en el Consejo Interterritorial de Salud las restricciones al ocio nocturno y la hostelería hasta que el 70% de la población esté vacunada. Estas medidas estarán ligadas al protocolo de semáforo Covid, según ha explicado la ministra Carolina Darias.
El documento de actuaciones de respuesta coordinada será de obligado cumplimiento aunque varias comunidades autónomas se han opuesto a la propuesta de Sanidad. Entre ellas, Madrid, Cataluña, Murcia, Andalucía y País Vasco.
Medidas que ha aprobado Sanidad para los locales de ocio nocturno y discotecas
Se permite la reapertura de locales de ocio nocturno en aquellos territorios de baja incidencia, es decir, en nueva normalidad o nivel 1 de alerta, según lo establecido en el documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid-19". Las comunidades que cumplan estas condiciones podrán permitir el ocio nocturno hasta las 2 de la madrugada con opción de ampliar hasta las tres.
El consumo se hará sentado y no se podrá bailar
En estos establecimientos, el consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, con una separación entre las sillas de distintas mesas de al menos 1,5 metros.
No se podrá superar el 50 % de aforo máximo en interior
No se podrá superar el 50 % de aforo máximo en el interior del local y las terrazas al aire libre podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, que solo podrán estar ocupadas por un máximo de 6 personas en lugares cerrados y 10 en el exterior.
Si el territorio llegara al nivel de alerta 2, la comunidad podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el semáforo de Sanidad, que reduce el aforo a un tercio.
Hostelería y restauración (también restaurantes de playa)
Se permitirá la mitad del aforo en el interior de los locales de hostelería y restauración, pudiéndose incrementar en un 10 % si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.
En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas guardando 1,5 metros de distancia entre las sillas de diferentes mesas, que tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 en exterior. Se permite el servicio y consumo en barra.
Como máximo podrán estar abiertos hasta la 1 y se dejará de servir a las 24:00 horas. Si el territorio está en alguno de los niveles de riesgo (1 a 4), habrá que seguir lo establecido en el semáforo en cuanto a aforos y límites de personas por mesa.
Eventos y actividades multitudinarias no ordinarias
Se aplicarán las medidas de control de riesgo de transmisión del coronavirus, que van de la prohibición de comer, beber y fumar en las zonas destinadas al público al uso obligatorio de mascarilla.
Los organizadores, en coordinación con las autoridades locales, deberán realizar una evaluación del riesgo del evento conforme a lo previsto en el documento "Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por Covid-19 en España", acordado en la Comisión de Salud Pública.