El Gobierno ha aprobado en las últimas horas el nuevo proyecto de la Ley de Familias, que contempla mejoras en la protección social de los distintos modelos familiares, reconoce nuevos derechos a las familias monoparentales y añade medidas de ayuda a la conciliación. Pero una polémica sobre el nuevo tratamiento a las familias numerosas ha rodeado el nuevo texto.
Y es que la Ley elimina concepto 'familias numerosas' y pasa a referirse a ellas como 'familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza'.
Esta nueva denominación ha sido muy criticada por la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), que ha pedido ayuda a los grupos parlamentarios para conservar su nombre en la nueva Ley, algo a lo que parecen estar abiertos en el Ministerio de Derechos Sociales si ayuda a que cuente con el mayor consenso en el Congreso.
Pero más allá de la polémica con el cambio de nombre, el nuevo escrito recoge muchos cambios para incluir a más de familias dentro del concepto. Por ejemplo, la categoría de familia numerosa especial pasa a reconocer a las que tengan cuatro hijos (antes eran cinco) e incluso a las de tres en caso de parto múltiple o familias de rentas bajas establecidas en un umbral del 150% del IPREM.
El título de familia numerosa de la nueva Ley afectará incluirá también a aquellas con dos hijos en las que haya un progenitor con un 33% de discapacidad (en la actualidad debía tener el 65%) y recogerá los supuestos de unidades familiares en las que convivan hijos de uniones anteriores.
Las familias monoparentales con dos hijos se equiparan a las numerosas y también se otorgará este título a los hogares encabezados por una víctima de violencia de género y a aquellos con dos hijos en los que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
En caso de separación o divorcio, y siempre que haya custodia compartida, ambos progenitores podrán disfrutar del título de familia numerosa de forma simultánea.