Según la organización AirHelp, un23% de los pasajeros que volaron en 2022 desde aeropuertos españoles sufrieron la cancelación de un vuelo debido a las huelgas generadas por los controladores, quienes luchan por mejorar sus condiciones salariales y laborales. No obstante, de los casi 22 millones de viajeros afectados, solo un millón y medio tuvieron derecho a una indemnización. Mientras tanto, en Europa, uno de cada tres pasajeros despegó con retraso.
A continuación, descubre cómo puedes reclamar ante el retraso o la cancelación de un vuelo y conoce todos tus derechos como viajero.
Compensaciones económicas por cancelación
En 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)estableció que una huelga de tripulantes de cabina no constituye una "circunstancia extraordinaria" que libre a la compañía aérea del pago de la compensación económica.
Tal como dicta el Reglamento europeo (CE) 261/2004, la cuantía de indemnización por cancelación de un vuelo varía en función de la distancia. Estas son las cifras:
- 250 euros para viajes de hasta 1.500 kilómetros
- 400 euros para los vuelos de más de 1.500 kilómetros dentro de la UE y para los de 1.500 y 3.000 kilómetros
- 600 euros si la distancia es superior a los 3.500 kilómetros
Estas cantidades se pueden reducir en un 50% si la compañía aérea ofrece un transporte alternativo y cumple con la hora de llegada al destino final.
Casos en los que no se compensa a un viajero
La web del Ministerio de Transportes recuerda que la compañía aérea no tiene la obligación de abonar compensación en los siguientes casos:
- Si informa de la cancelación 14 días antes del vuelo programado
- Si avisa de la cancelación entre dos semanas y 7 días antes del vuelo programado y pone a disposición del pasajero un transporte alternativo que sale con menos de 2 horas de antelación y llega al destino final con menos de 4 horas de retraso
- Si advierte de la cancelación con menos de 7 días de antelación y ofrece un transporte alternativo que sale con no más de 1 hora de antelación y llega al destino final con menos de 2 horas de retraso
- Si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias, demostrando que ha hecho todo lo posible para evitar la cancelación
Cómo proceder para tramitar una reclamación
Los viajeros afectados deben reunir los recibos derivados del viaje, pero no solo deben incluir los del vuelo, sino también los correspondientes al resto de daños ocasionados por el retraso o cancelación de un vuelo por huelga: conexiones con otros vuelos, hoteles, actividades de pago a las que no se ha podido asistir…
Una vez se pueda justificar la reclamación, hay que contactar por escrito con la compañía aérea correspondiente, ya sea a través de las hojas de reclamaciones de las compañías aéreas, de una llamada telefónica o mediante su página web.
En caso de que la aerolínea no proceda a la indemnización en un plazo máximo de siete días, se puede denunciar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que examinará si la compañía aérea ha cumplido o no con lo dispuesto en los Reglamentos Europeos y pondrá en marcha su protocolo.
Todos los derechos que tienen los pasajeros en caso de retraso o cancelación
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana recuerda todos los derechos de los pasajeros, regulados por el Reglamento europeo (CE) 261/2004. Estos son:
- Derecho de Información: los pasajeros tienen derecho a la información, para ello la compañía aérea debe entregar un impreso que los indique.
- Derecho de atención: mientras esperan otro vuelo alternativo, los pasajeros deben ser atendidos por la aerolínea, la cual les tiene que abastecer con comida y bebida, proporcionar el hotel si es necesario pernoctar o si es necesaria una estancia adicional a la prevista, facilitar el transporte entre el Aeropuerto y el lugar de alojamiento y permitir dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico.
- Derecho de reembolso o transporte alternativo: los viajeros tienen derecho a que la compañía les ofrezca la posibilidad de reembolsar el coste del billete, o un transporte alternativo a su destino final, ya sea para las próximas horas o en una fecha posterior que le convenga al pasajero.
- Derecho de Compensación: Los pasajeros tienen derecho a una compensación económica que varía de entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo.