La Semana Santa es de los primeros periodos del año para coger vacaciones y aprovechar los días libres. Una semana en la que salen diversos planes para disfrutar de las tradiciones de estas fechas como acudir a las procesiones, o bien, relajarse en la playa o la montaña.
Sin embargo, una de las preguntas que más nos hacemos cuando se acercan estas fechas es cuántos días de vacaciones nos corresponden.
Calendario laboral en Semana Santa
Los días festivos que recoge el calendario laborar, por la celebración de la Semana Santa en España difieren según las disferentes comunidades autónomas. La distribución de estos días están comprendidos entre el jueves 6 de abril (Jueves Santo) y viernes 7 de abril (Viernes Santo) o lunes 10 de abril (Lunes de Pascua):
- Andalucía: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Aragón: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Asturias: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Baleares: Jueves 6 de abril, viernes 7 de abril y lunes 10 de abril.
- Canarias: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Cantabria: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Castilla-La Mancha: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Castilla y León: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Cataluña: Viernes 7 de abril y lunes 10 de abril.
- Comunidad de Madrid: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Comunidad Valenciana: Viernes 7 de abril y lunes 10 de abril.
- Extremadura: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Galicia: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- La Rioja: Jueves 6 de abril, viernes 7 de abril y lunes 10 de abril.
- Navarra: Jueves 6 de abril, viernes 7 de abril y lunes 10 de abril.
- País Vasco: Jueves 6 de abril, viernes 7 de abril y lunes 10 de abril.
- Región de Murcia: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Ceuta: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
- Melilla: Jueves 6 de abril y viernes 7 de abril.
Vacaciones para Semana Santa
Sin embargo, todo aquel que quiera disfrutar de un periodo más largo de vacaciones más allá de los dos días libres tendrá que gastarlos del total de sus días de vacaciones anuales. No obstante, cada empresa es libre de estipular, por convenio o acuerdo con los trabajadores, varios días de vacaciones extras para complementar con los dos festivos de Semana Santa.
Vacaciones por día trabajado
Según la Ley del Estatuto de los Trabajadores, "el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual" aunque, recalca, "en ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales" (artículo 38). Por lo tanto, al empleado le corresponden 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.
Por otro lado, generalmente, suelen ser obligatorios 22 días laborales aunque depende del convenio o cómo la empresa tenga establecida esta condición. Con esto, al trabajador le corresponden 1,8 días por mes.