Aunque inicialmente el Ministerio Fiscal pedía tres años y medio de prisión por el delito de lesiones, finalmente lo ha rebajado a dos años con el fin de cerrar un acuerdo de conformidad como el que finalmente se ha alcanzado. Por el delito de maltrato en el ámbito de la violencia sobre la mujer, los nueves meses iniciales de cárcel que pedía el fiscal han quedado sustituidos por 33 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
No obstante, para este segundo delito, el fiscal ha pedido que se mantenga la prohibición de aproximarse a su pareja y comunicarse con ella durante dos años. Además, el acusado se ha conformado con las cantidades estipuladas por responsabilidad civil y que ascienden a 1.350 euros por las lesiones sufridas y 1.767 euros por las secuelas, dinero que ya había abonado antes de la celebración del juicio. Además, el joven ha sido condenado al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
Para alcanzar el acuerdo de conformidad, el Ministerio Fiscal ha tenido en cuenta los atenuantes de embriaguez y reparación del daño. En cuanto a la primera, el Ministerio Fiscal ha señalado que el día de los hechos, el acusado había ingerido bebidas alcohólicas, lo que afectó "levemente a sus capacidades volitivas y cognitivas".
Los hechos, según recoge el escrito del Ministerio Fiscal se remonta al 18 de marzo de 2017, sobre las 23,00 horas, en la Avenida de Estrasburgo, en Andújar (Jaén). El acusado inició una discusión con su novia y, "con ánimo de menoscabar la integridad física, la cogió fuertemente por los brazos, zarandeándola, mientras le gritaba e insultaba".
Fueron varias personas las que intervinieron en defensa de la chica, una de ellas instó al acusado a que la soltara, "momento en el que el acusado con ánimo de menoscabar la integridad física le propinó un puñetazo en la cara, quedando éste aturdido y desorientado".
El puñetazo ocasionó a la persona que intentó mediar un traumatismo facial con pérdida de dos dientes, herida en labio superior y contusión en la zona delantera del ojo izquierdo. Aunque la chica renunció a las acciones civiles y penales que le pudieran corresponder, el Ministerio Fiscal calificó los hechos como un delito de maltrato en el ámbito de la violencia sobre la mujer y un delito de lesiones con deformidad, delitos por los que finalmente se ha condenado al joven que durante la vista ha asumido su culpabilidad y se ha conformado con la solicitud de penas acordada entre las partes y el Ministerio Fiscal.