La mujer propinó dos bofetadas a su hijo de 10 años porque se negaba a ducharse. Por este motivo, la Audiencia Provincial de Pontevedra la condena a dos meses de prisión por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica.
Como la mujer no tiene antecedentes puede sustituir la condena por seis meses de trabajos en beneficio de la comunidad . También establece la sentencia que no puede aproximarse a niño durante seis meses.
La Audiencia de Pontevedra fundamenta la condena diciendo que "la reprensión ante una eventual desobediencia de la menor nunca puede justificar el uso de la violencia que el acusado ejerció". Los magistrados reconocen que los progenitores tienen la facultad de corregir a sus hijos, algo que queda integrado dentro de los derechos y obligaciones que surgen de la patria potestad. Pero insisten en que esto "solo puede concebirse orientada al beneficio de los hijos y encaminada a lograr su formación integral. Tiene como límite infranqueable la integridad física y moral de estos".
No es la primera sentencia en este sentido, un padre de Lleida, en Cataluña, fue condenado a no ver a su hijo durante un año. Había pegado a su hijo porque se hacía pis en la cama. La profesora del niño fue la que dio la voz de alarma y denunció a la Policía y los servicios sociales al descubrir que el menor tenía heridas y sangre en las orejas y la cara.
También en 2014 el Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona condenaba a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad y a seis meses de alejamiento por un delito de lesiones a un padre que pegó a su hijo de 8 años por no hacer los deberes.