Por abuso sexual y delito contra la intimidad

Condenan a la Manada a penas de prisión de entre 2 años y 10 meses y 4,5 años por el 'caso Pozoblanco'

Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero han sido condenados a 2 años y 10 meses de prisión por abusar sexualmente de una joven en mayo de 2016 en Pozoblanco (Córdoba) y grabar los hechos con sus teléfonos móviles. Al otro miembro de la Manada, José Ángel Prenda, se le han impuesto 4 años y 6 meses de cárcel por los abusos y por haber sido él quien difundió el vídeo en grupos de Whatsapp.

ondacero.es

Madrid |

Sentencia a La Manada por el caso de Pozoblanco, en Córdoba | EFE

La sentencia ha sido notificada este jueves a las partes personadas en el procedimiento y en ella, el magistrado condena a cada uno de los cuatro investigados por dos delitos:abuso sexual y delito contra la intimidad.

Por abuso sexual, el juez condena a la Manada a 1 año y 6 meses de prisión, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante cuatro años y la medida de libertad vigilada consistente en la fijación de estas mismas prohibiciones durante un año a cumplir tras la pena de cárcel.

El juez explica que el delito de abusos sexuales del artículo 181.1 del Código Penal contempla una pena de uno a tres años de prisión o multa de 18 a 24 meses, precisando que, en este caso concreto, "las circunstancias personales de los acusados, quienes con posterioridad a estos hechos llevaron a cabo una conducta ilícita de mayor gravedad aún, los hechos cometidos en Pamplona y cuya notoriedad pública ha sido muy importante, llevan a considerar que la consecución de los fines de prevención especial de la pena determinan la necesidad de una pena en extensión superior al mínimo legal", imponiendo así a cada uno de ellos un año y medio de prisión por dicho delito.

El segundo es el delito contra la intimidad de la víctima. El juzgado condena a tres de los acusados -Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero- a 1 año y 4 meses de cárcel, multa de 3.600 euros y la prohibición de comunicarse o acercarse a una distancia inferior a 500 metros de la joven por un plazo de cuatro años.

Este delito se aplica en el subtipo agravado en el caso del cuarto de los acusados, José Ángel Prenda, por considerar probado que fue él quien difundió las imágenes a través de los referidos grupos de WhatsApp. Se le condena a 3 años de prisión y la misma prohibición de comunicación y aproximación

De igual modo, se condena a Cabezuelo a pagar una multa de 240 euros por un delito leve de maltrato. En concepto de responsabilidad civil, los cuatro investigados tendrán que indemnizar a la víctima con un total de 13.150 euros -10.000 euros por el perjuicio moral causado y 3.150 euros por los días durante los que sufrió un perjuicio personal básico-.

El exagente de la Guardia Civil, Antonio Manuel Guerrero, se encuentra en la cárcel de Sevilla I; José Ángel Prenda, en Puerto III, en El Puerto de Santa María (Cádiz), y los otros dos procesados, Alfonso Jesús Cabezuelo y Jesús Escudero, están internos en los centros penitenciarios de Topas (Salamanca) y Huelva, respectivamente.

Cumplen pena de prisión tras haber sido condenados a 15 años de cárcel por violación junto a un quinto miembro más del grupo por los hechos de los Sanfermines de 2016.

Cabe destacar que la sentencia dictada por el juez de lo Penal número 1 de Córdoba no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba en el plazo de diez días.