El juez, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, asume la petición que realizó la Fiscalía el pasado miércoles durante el juicio, tras alcanzar una conformidad con la defensa, y le impone esta pena de prisión, que no deberá cumplir si no delinque en un periodo de cuatro años y abona las indemnizaciones.
F.C.M es condenado a dos años como autor de un delito de atentado con instrumento peligroso en concurso con un delito de lesiones con instrumento peligroso, con las circunstancias atenuantes de enajenación mental y de reparación del daño. La acusación particular rechazó esta petición de dos años y reclamó que se le impusiera "la pena máxima legalmente prevista", es decir, tres años y seis meses de prisión.
Sin embargo, el juez entiende que esto "no se ajusta al principio de legalidad", ya que tanto este como los otros dos acusados han reparado el daño, abonado las indemnizaciones que se les pedían y en el juicio reconocieron los hechos y se mostraron conformes con la calificación y penas del fiscal, algo que "en los usos judiciales genera que se impongan penas en su grado mínimo".
Además, a F.C.M. se le impone la prohibición de acudir a Punta Umbría y de comunicarse con el agente durante cuatro años. Por cuatro delitos leves de lesiones, es condenado, por cada uno, al pago de una multa de 90 euros. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar al subinspector con 1.685 euros y a otro agente al que hirió con 320 euros.
En esta causa fue juzgado además su hermano M.C.M., al que juez condena como autor de delito de atentado a agentes de la autoridad a seis meses de prisión. El tercer acusado, M.P.V., un bañista que obstaculizó la labor policial, ha sido condenado a una multa de 1.100 euros y a indemnizar al agente con 400 por un delito de resistencia.
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