Multas

Esta es la multa que te pueden poner por no llevar el carnet de conducir

La nueva Ley de Tráfico recoge que el carnet de conducir se podrá acreditar en formato digital o físico a cualquier agente que lo solicite.

Alicia Bernal

Madrid | 12.09.2024 08:29

Control y vigilancia de la DGT
Control y vigilancia de la DGT | Agencia EFE

A la hora de viajar, llevar encima documentos de identificación como el DNI, carnet de conducir o la tarjeta sanitaria es fundamental, ya que estaremos cubiertos ante cualquier inconveniente y estaremos protegidos legal y personalmente.

Concretamente, si vamos a conducir es necesario que llevemos encima de nosotros carnet de conducir, aunque la nueva Ley de Tráfico ya recoge que el carnet de conducir se podrá acreditar en formato digital o físico a cualquier agente que lo solicite. Está nueva ley, aprobada en España desde el 21 de marzo de 2022, otorga la misma validez a un carnet de conducir en formato digital que físico y no será obligatorio llevar el permiso físicamente, aunque es recomendable.

En el caso de que no puedas acreditar ningún carnet de conducir si te lo solicitan, sí te pueden poner una multa. Esta infracción es una falta leve y puede conllevar una multa de hasta 100 euros.

¿Cómo consigo el carnet de conducir digital?

Conseguir el carnet de conducir digital es muy sencillo, ya que está incluido en la aplicación oficial de la Dirección General de Tráfico, miDGT, y es totalmente válido a efectos legales.

Esta app puede descargarse de forma gratuita en dispositivos móviles, tanto con sistema operativo Android (Google Play), como iOS (App Store). A la hora de identificarse en ella existen diferentes maneras:

  • Sistema Cl@ve
  • Certificado electrónico
  • DNI electrónico

También existe la opción de identificarse a través de nuestros datos personales, pero mediante este método las funciones de la app serán limitadas.

Los documentos me pueden solicitar si me paran en un control vial

A la hora de circular es necesario que el conductor se asegure de tener a mano tres documentos obligatoriamente: Permiso de conducir, permiso de circulación y tarjeta de la ITV.

  • Permiso de conducir: también conocido como licencia de conducción, es un documento oficial que autoriza a una persona a conducir vehículos a motor en vías públicas. En España, es emitido por la Dirección General de Tráfico (DGT) y es obligatorio para cualquier persona que quiera conducir legalmente.
  • Permiso de circulación: es un documento oficial emitido por la Dirección General de Tráfico (DGT) en España, que acredita que un vehículo está autorizado para circular por las vías públicas.
  • Tarjeta de la ITV: La inspección Técnica de Vehículos es un documento oficial que certifica que un vehículo ha superado satisfactoriamente la inspección técnica obligatoria en España. La tarjeta de la ITV, ya sea en formato físico o digital, es un documento crucial que debe mantenerse actualizado para asegurar que el vehículo cumple con las normativas vigentes y para evitar sanciones legales.

Por otro lado, ten en cuenta que desde 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza del seguro ni el recibo del último pago.

¿Conoces el canal deOnda Cero en WhatsApp?

Únete ahora