Con la entrada del nuevo año han llegado también las restricciones de coches en Madrid. Así, desde el 1 de enero los vehículos con etiqueta B tienen nuevas restricciones para circular por la capital. La DGT realizó esta clasificación en 2016 donde categoriza los automóviles en el mercado acorde a varios distintivos medioambientales: etiquetas B, C, ECO y 0.
En 2021 entró en vigor la Ley 7/2021 del Cambio Climático y Transición Energética que obligaba a los municipios con más de 50.000 habitantes a crear Zonas de Bajas Emisiones. En estos espacios se restringe el acceso, estacionamiento y circulación de los vehículos con la finalidad de mejorar la calidad de aire.
¿Qué vehículos tienen etiqueta B?
- Turismo y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde 2001
- Turismos y furgonetas ligeras de diésel matriculados desde 2006
- Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, de cualquier combustible, matriculados desde 2006
¿Qué restricciones tendrán los vehículos de etiqueta B?
El Real Decreto 1052/2022 que regula las ZBE permite que los coches con etiqueta B circulen por estas áreas. Con el cambio en la normativa que el nuevo año ha traído consigo, los residentes y no residentes con este distinto podrán acceder y estacionar en el lugar, pero no lo podrá aparcar en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro y deberán utilizar parking adheridos.
Otras restricciones
Los coches que no tengan la etiqueta ambiental de la DGT que no estén empadronados en Madrid antes del 1 de enero de 2022 o que no abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) no podrán acceder ni circular por la ciudad.
En concreto los vehículos afectado son:
- Los gasolina que no cumplen la normativa Euro 3 o anterior, normalmente matriculados antes del 2000.
- Los diésel que no cumplen la normativa Euro 4 o anterior, normalmente matriculados antes del 2006.
Excepciones
Los empadronados en Madrid no estarán afectados, como tampoco lo estarán aquellos vehículos sin etiqueta utilizados para trasladar a personas con movilidad reducida, los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y aquellos coches reconocidos como históricos.