Por cada mes de trabajo se tiene derecho a disfrutar 2,5 días de vacaciones, lo que da un total de 30 anuales (si se cuentan días naturales). No obstante, en muchos casos puede surgir la duda de qué ocurre con este periodo si nos encontramos, por cualquier motivo, de baja médica. Por ello, es importante saber que no se pierde el derecho a las vacaciones por estar de baja por incapacidad laboral, accidente, embarazo o maternidad.
Cuando una persona está de baja por enfermedad o accidente laboral, y por tanto no disfruta de esos días de descanso fijados, podrá hacerlo de forma inmediata cuando finalice la baja. El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 38, dice lo siguiente:
“Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal”. Esto se aplica, aunque haya terminado el año natural al que corresponda.
El requisito fundamental a tener en cuenta es que no pueden pasar más de 18 meses a partir del final del año correspondiente. En definitiva, el empleado en cuestión debe elegir sus días de vacaciones antes de que finalice el año.
Por otro lado, si durante las vacaciones el trabajador sufriera un accidente, que le conllevara la baja médica, desde ese mismo día dejarían de contar como días de vacaciones. En definitiva, el sujeto no pierde el derecho a esos días de vacaciones que no ha podido disfrutar por haber estado de baja laboral. Y tendrá derecho a recuperar esos días, siempre y cuando haya sido dado de baja médica, no es válido simplemente con que le trabajador se encuentre enfermo.
Qué hacer si la empresa para la que trabajo no reconoce mi derecho a las vacaciones
Si el trabajador no ha podido disfrutar de sus vacaciones por haber estado de baja y la empresa no se las reconoce, tendrá que demandar a la empresa para que se le reconozca el derecho. El primero paso que tiene que dar el trabajador es solicitar las vacaciones, indicando que se corresponden a las que no ha podido disfrutar por haber estado de baja. En el caso de que la empresa deniegue esas vacaciones el trabajador tendrá que demandar a la empresa.
Es un procedimiento urgente y que no admite recurso, para evitar que se alargue y al final el trabajador no pueda disfrutar de las vacaciones cuando quería.