Fuentes del Ministerio Público consultadas por Europa Press han apuntado que el nuevo paso dado ante la Audiencia de Granada por la defensa de la madre contra la ejecución de la sentencia que la obliga a entregar a sus hijos puede ser un "conejo sacado de la chistera nuevamente para bloquear la resolución judicial".
A la espera de conocer en detalle el incidente excepcional de nulidad formalizado por los letrados de esta vecina de Maracena (Granada), admitido a trámite por la Audiencia de Granada, estas fuentes han reiterado que, en todo momento, se han primado los derechos de los menores, conforme a la legislación nacional e internacional vigente.
Han explicado que la Fiscalía ha estado "desde el principio" presente en el proceso por lo que, de haber habido infracción de cualquier principio procesal, se habría dado cuenta de ello.
Los representantes del Ministerio Público, en este sentido, habrían "denunciado el vicio tan pronto como se hubiera producido", y, si no lo han advertido a lo largo del procedimiento de fondo, difícilmente lo van "a hacer ahora", han añadido.
Advierten, en cualquier caso, de que, dentro del concepto de infracción de principios, pueden incluirse muchos aspectos pues no "hay una lista tasada de motivos" y una parte puede "alegar todo" como error en la apreciación de la prueba o falta de notificación a representante legítimo, entre otras posibles infracciones.
La Sección Quinta de la Audiencia, que ha habilitado el mes de agosto para resolver el incidente, será la encargada de responder ante este nuevo paso judicial, lo cual se hará previsiblemente de urgencia, si bien no hay plazos concretos. Para ello se escuchará tanto a la Fiscalía como a la representación legal del padre de los niños, Francesco Arcuri, que se opondrá a la petición que han realizado los abogados de Juana Rivas.
El incidente de nulidad fue presentado este pasado lunes una vez que el Tribunal Constitucional no admitió a trámite la demanda de amparo presentada por Juana Rivas para solicitar que se preserve su derecho a retener a sus hijos menores de edad, al entender que no cumple con el requisito, exigido por la Ley Orgánica del TC, consistente en la falta de agotamiento de la vía judicial previa.