En concreto, el Ministerio de Sanidad en la orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) incluía en un capítulo correspondiente a las actividades de turismo y naturaleza esta "restricción a las acciones comerciales con resultado de aglomeraciones".
Según figura en la disposición adicional segunda "los establecimientos no podrán anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que puedan dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro del establecimiento comercial como en sus inmediaciones".
El Ejecutivo precisaba que esta restricción "no afectará a las ventas en rebaja ni tampoco ventas en oferta o promoción que se realicen a través de la página web" de cada comercio.
La Confederación Española de Comercio (CEC) considera una "incoherencia" la disposición que impide a los establecimientos "anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que puedan dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro del establecimiento comercial como en sus inmediaciones" y por la que quedarían vetadas las rebajas en las tiendas físicas.
Para la CEC, "fundamentar esta medida en el hecho de evitar posibles aglomeraciones carece de sentido cuando ya hay establecidas limitaciones de aforo en los locales comerciales para las distintas fases, encaminadas a garantizar la seguridad de comerciantes y consumidores".
Además, considera "especialmente sangrante" que esta limitación solo afecte a las promociones en venta física, lo que generaría una disfunción de precios en los canales de venta online y offline, y pondría en clara desventaja competitiva, y en un momento tan crítico, al pequeño comercio respecto a las grandes plataformas internacionales que seguirían operando sin ningún tipo de restricción.
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