VACACIONES DE VERANO

El máximo de dinero en efectivo que puedes llevar de viaje: te enfrentas a una multa

Dentro del equipaje que llevamos con nosotros en nuestros viajes nunca puede faltar el dinero en efectivo, siempre útil en caso de apuro. Sin embargo, no podemos llevar todo el dinero que queremos sin declararlo, pues nos pueden sancionar

ondacero.es

Madrid | 27.07.2023 20:11

El máximo de dinero en efectivo que puedes llevar de viaje: te enfrentas a una multa
El máximo de dinero en efectivo que puedes llevar de viaje: te enfrentas a una multa | Pixabay

El pago con tarjeta de crédito o débito cada vez está más estandarizado, y gracias a la progresiva reducción de comisiones que muchos bancos están ofreciendo, no planeamos que el dinero en efectivo vaya a ser el pilar de nuestro presupuesto cuando salimos de viaje. Sin embargo, siempre solemos llevar con nosotros una cierta cantidad de cash, por si acaso es necesario realizar algún gasto en alguna circunstancia en la que no haya un datáfono disponible.

Al hacer la maleta, sin embargo, debemos tener cuidado con la cantidad de dinero que pasamos a través de la frontera: si se nos va la mano con los billetes, nos podemos buscar problemas con la justicia y enfrentarnos a multas bastante importantes. La Unión Europea, y por descontado España, no establece un máximo de dinero en efectivo que podemos llevar encima dentro de la Unión, pero sí que establece una cifra a partir de la cual es obligatorio declarar el dinero en efectivo que llevamos con nosotros.

Esta medida busca combatir el blanqueo de capitales, así como la financiación del terrorismo dentro de las fronteras europeas.

¿A partir de qué cantidad debemos declarar?

Dentro de nuestro país, podemos realizar movimientos internos de hasta 100.000 euros sin tener que declararlos ante la administración. A partir de los 100.000 (incluidos), deberemos llevar a cabo un trámite para no tener que enfrentarnos a sanciones. ¿Qué pasa cuándo salimos de España? En ese caso, nuestro límite de efectivo sin declarar se reduce hasta los 10.000 euros: si salimos o entramos de España con una cantidad igual o superior a 10.000 euros, deberemos declarar el movimiento cumplimentado y entregando el conocido como Formulario S1.

Tal y como explica la página Finanzas para Todos, esta restricción no se aplica a lo que comúnmente conocemos como dinero en efectivo - monedas y billetes-, sino que se aplica a otras formas de pago "directas" como las tarjetas monedero o los cheques bancarios. Además, la cumplimentación del Formulario S1 habrá de llevarse a cabo si se alcanza o supera el límite de 10.000 euros al atravesar cualquier frontera terrestre, marítima o aérea dentro de los países de la Unión Europea.

El Formulario S1 se puede descargar directamente desde la página del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), así como en la web de la Agencia Tributaria (AEAT) o del Tesoro. Una vez que descargamos y rellenamos el formulario, ¿dónde tenemos que presentarlo? Si vamos a retirar o ingresar estas cantidades, nuestra entidad bancaria nos solicitará el formulario, pero seremos nosotros los que tendremos que presentarlo si no hay operación bancaria de por medio.

Podemos presentar el Formulario S1 en cualquiera de las Dependencias Provinciales de la AEAT, o realizar el registro a través de la página web. Al salir de España, tenemos que realizar este trámite en cualquier punto aduanero. Aunque muchos de estos puntos los tenemos que atravesar sí o sí en algunas carreteras o en los aeropuertos, en ocasiones podemos cambiar de país sin atravesar los Servicios Aduaneros.

En ese caso, deberemos ser nosotros los que tengamos la iniciativa para acercarnos a los servicios aduaneros y presentar el Formulario. Una vez realicemos la entrega, recibiremos un justificante que debemos llevar con nosotros en todo momento junto a la cantidad en efectivo.

Riesgo de una cuantiosa sanción

Si las autoridades detectan una cantidad que exceda el límite permitida, y no tenemos un justificante que presentar, el dinero será intervenido y se nos abrirá un expediente sancionador: la multa puede ir desde los 600 euros hasta el doble de la cantidad detectada. Siempre conviene no jugársela y realizar los trámites correctamente, pues, aunque no demos con ningún funcionario que nos detecte, los bancos informan mensualmente a las actualidades acerca de todos los movimientos y transacciones de estas características.