En verano, las altas temperaturas invitan a pasar unos días en la playa. Es justo en los lugares de la costa donde es habitual que algunos conductores cometan una de las imprudencias más habituales: ir al volante sin camiseta.
A pesar de que la ley no prohíbe estrictamente esta práctica, la Dirección General de Tráfico (DGT) explica que es un acto muy peligroso y que pone en peligro la circulación. Es por ello que el organismo no le permite ni al conductor ni al resto de ocupantes del vehículo circular de esta forma.
Conducir sin camiseta impide una conducción segura
El código de circulación explica en los artículos 3.1, 17.1 y 18. 1 que toda acción que impida la conducción segura tanto para el piloto como para el resto de ocupantes del vehículo debe ser sancionada.
Según la DGT, conducir sin camiseta puede poner en peligro al conductor, puesto que podría producir heridas en caso de activarse el cinturón de seguridad o quemaduras por la radiación del sol. Además de dificultar la conducción, puede suponer un percance mayor para el piloto en caso de avería o accidente.
Así lo comunica también la Guardia Civil en su cuenta oficial de Twitter:
La sanción de la DGT
La sanción de la DGT para esta infracción variará en función de la interpretación del agente. Si este opina que es poco peligrosa, el mínimo es de 80 euros, pero si considera que el riesgo que se está asumiendo es mayor puede imponer hasta 200 euros de multa y la retirada de tres puntos en el permiso de conducir.
Otras conductas veraniegas que son ilegales
De la misma manera que conducir sin camiseta puede llevar consigo una sanción, hacerlo con chanclas, siempre que estas no sean totalmente ajustables al pie y se puedan soltar, tiene el mismo importe de castigo: entre 80 y 200 euros de multa y la retirada de tres puntos en el permiso de conducir. Asimismo, tampoco se permite comer ni beber durante la conducción. Y es que, todo lo que sea utilizar las manos para manipular objetos que no tengan que ver con la conducción está prohibido y es sancionable con el mismo criterio.
Otra infracción común es la de conducir con una gorra que tape las orejas, un acto que se penaliza con 80 euros. A su vez, el conductor deberá pagar un importe de hasta 100 euros si saca el codo por la ventanilla o si un ocupante pone los pies en alto.