La sentencia lo condena además al pago al establecimiento hotelero de la cantidad adeudada en concepto de indemnización. Asimismo, el juez le suspende por dos años la ejecución de la pena impuesta, condicionada a no delinquir durante el período de suspensión y abonar, en la medida de sus posibilidades económicas, la indemnización establecida.
Se considera probado que entre los días 14 y 18 de septiembre de 2016, el acusado Hotel Barceló Resort, fingiendo capacidad económica para abonar el importe, así como intención de abonarlo, pese a lo cual, el día 18, sin aviso previo, abandonó el establecimiento sin abonar la factura de los servicios ni interesarse por la misma, pese a conocer que la tarjeta de crédito exhibida carecía de fondos.