Aunque en la fase dos de la salida del confinamiento se han levantado algunas restricciones a la movilidad de las personas, sigue habiendo condiciones a la hora de ocupar un vehículo. Según la orden publicada en el BOE, TMA/384/2020, de 3 de mayo, en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
Por otro lado, la orden también recoge que en los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible.
En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
Sobre cómo se debe viajar en un transporte público, el BOE indica que es obligatorio el uso de mascarilla y en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor.
En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes y el uso de mascarilla.
Desde el 11 de mayo el Gobierno permite los desplazamientos en motocicleta, ciclomotor o cuadriciclo de dos personas autorizados en cada una de las fases. Según la Orden TMA/400/2020, pueden viajar dos personas en motocicleta siempre que siempre que lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas. Si el conductor y el acompañante residen en el mismo domicilio pueden ir en moto con casco integral con visera o casco abierto sin necesidad de llevar mascarilla.