La llegada de las motos de pequeña cilindrada -las scooters de hasta 125cc- supuso, en su momento, una gran revolución para los conductores. Ya no sólo por sus capacidades en el día a día, sino por la disposición de la Administración, que permitió a los conductores con permiso B conducir motos de hasta 125cc si tenían el carnet desde, por lo menos, dos años.
El cambio del paradigma de la movilidad, con la incorporación y la llegada cada vez más fuerte de vehículos de corte ecológico, ha supuesto otra revolución a la que las autoridades no son ajenas. Por eso, Tráfico ha decidido ampliar la lista de vehículos que se pueden conducir con un carnet de conducir B, el que usa cualquiera que conduzca un vehículo de hasta 3.500 kg todos los días.
De esta manera, los conductores con un permiso de conducir B que supere los dos años de antigüedad, podrán conducir sin necesidad de contar con ningún otro carnet, vehículos pesados de hasta 4.250 kg... siempre que sean ecológicos, es decir, híbridos, eléctricos, de gas natural, de GLP o de hidrógeno. Con ello, la DGT pretende incentivar este tipo de vehículos, eliminando barreras y facilitando su adaptación.
¿Por qué sólo vehículos pesados 'ecológicos'? La razón es aparentemente muy sencilla: el peso. El peso adicional de estos vehículos, debido a las baterías o a los depósitos de combustible suele ser, por norma general, superior al de su equivalente 'normal'. Con esta medida España sigue el camino de otros países europeos como Suecia que ya han realizado movimientos similares.