Los ciudadanos pueden solicitar a la Dirección General de Tráfico (DGT) que le expidan unas matrículas verdes para los vehículos. En su página web la DGT explica qué son estas matrículas verdes, quiénes pueden solicitarlas y qué se necesita para pedirlas.
¿Qué son las matrículas verdes?
Las matrículas verdes están vinculadas a "un permiso temporal de circulación". Por ejemplo, entran dentro de este permiso los dueños de los vehículos que todavía no están matriculados (proceso de importación) o los de un vehículo que se ha dado de baja para poder exportarlo a otro país y, mientras se tramita la matriculación definitiva, se desea usar en vía pública.¿Qué vehículos pueden solicitar matrícula verde?
Vehículos pendientes de tramitar su matriculación definitiva
Estos permisos temporales tienen una validez de 60 días:
- Vehículos adquiridos en el extranjero sin matricular.
- Vehículos que se hayan adjudicado sin matricular, en subasta o por sentencia judicial.
- Vehículos que se hayan adquirido sin carrozar.
- Vehículos que se hayan adquirido con matrícula no española en España o en el extranjero.
Vehículo nuevo que se vaya a matricular en Canarias, Ceuta o Melilla
Asimismo, también entran los vehículos nuevos que se vaya a matricular en Canarias, Ceuta o Melilla y se hayan adquirido en otra provincia. Con una validez de 10 días, los dueños podrán pedir este permiso temporal para llevar el coche hasta la provincia de destino.
Para traslado del vehículo a la UE o al extranjero
Por otro lado, también se puede solicitar la matrícula verde para traslado del vehículo a la Unión Europea (UE) o al extranjero donde se volverá a matricular. Este permiso tiene una validez de 60 días.
Además, la DGT avisa de que "el vehículo debe estar previamente dado de baja por exportación".
¿Cómo solicitar el impreso temporal?
Para solicitar el impreso temporal se debe presentar la siguiente documentación:
- Rellenar este impreso oficial.
- Justificante de haber realizado el pago de la tasa de matriculación 1.4 por 20,61 euros.
Aunque dependiendo del tipo de permiso, hay que presentar más documentación:
Para los vehículos pendientes de tramitar su matriculación definitiva
Para los vehículos pendientes de tramitar su matriculación definitiva hay que entregar el expediente completo de matriculación ordinaria de vehículos:
- Justificante de pago de la tasa de matriculación correspondiente de la DGT, tasa 1.1.
- Justificante de pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde se esté domiciliado.
- Si se trata de un vehículo ya matriculado en otro país, documentación completa original del país de procedencia.
- Acreditación de la propiedad del vehículo.
Para el traslado al extranjero
Vehículos no matriculados:
- Tarjeta de ITV electrónica (NIVE) Ayuda o tarjeta de ITV en formato papel Ayuda con la diligencia de venta o, en su defecto, factura.
- Documento que acredite la exportación legal si el traslado es a un país no comunitario: DUA (Documento Único Administrativo) expedido por la Aduana.
Vehículos matriculados:
- Hay que tramitar previamente la baja definitiva por traslado a otro país.
- La ITV deberá estar en vigor.
Para el traslado de provincia
Por su parte, para el traslado a la provincia de matrícula se necesita:
- La tarjeta de ITV electrónica (NIVE) Ayuda o tarjeta de ITV en formato papel Ayuda con la diligencia de venta, o factura o acta de adjudicación si procede de subasta.
Ampliación del permiso temporal
Por otra parte, la DGT sostiene que si no se ha podido realizar la matriculación en el plazo establecido por causas ajenas, se puede solicitar una ampliación del permiso temporal.
Para ello se necesita presentar la siguiente documentación:
- Rellenar este impreso.
- Permiso temporal de circulación en vigor.
- Justificante de que el vehículo no se ha podido matricular por causas ajenas.