PROGRAMA IMSERSO 2022/2023

Los requisitos para viajar con el Imserso sin ser jubilado: quién puede ir como acompañante

El programa social del Imserso para la temporada 2022-2023 ya está en marcha. Consulta aquí los requisitos para viajar como acompañante.

👉 Viajes del Imserso 2022-2023: plazas, precio y cómo apuntarse

ondacero.es

Madrid | 17.06.2022 05:04

Los requisitos para viajar con el Imserso sin ser jubilado: quién puede ir como acompañante
Imagen de archivo de un grupo de jubilados durante un viaje del Imserso en Girona. | EFE/David Borrat

El Imserso de la temporada 2022-2023 ofrecerá 820.000 plazas, que no sufrirán una subida de precio respecto a la temporada anterior, para las casi cuatro millones de personas mayores que figuran como beneficiarias. Las plazas iniciales serán ampliables si existe demanda suficiente, ha informado el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

A finales de junio se publicará en el BOE la convocatoria que abrirá el plazo de solicitud para la inscripción de nuevos beneficiarios o la modificación de datos, y no será hasta septiembre cuando se confirme la acreditación a las personas participantes.

Finalmente, a lo largo de la segunda quincena de septiembre se comenzará a comercializar los viajes, que se iniciarán coincidiendo con la temporada baja turística, a mediados de octubre.

¿Cómo apuntarse a los viajes del Imserso?

De forma telemática a través de este enlace. En caso de que sea la primera vez se debe cumplimentar un formulario que se publica con la convocatoria del BOE a finales de junio. De forma presencial en la sede del Imserso (Calle Ginzo de Limia, 58 – 28029, Madrid), o mandando el formulario cumplimentado y consignado por correo a esa misma dirección.

Requisitos para viajar sin ser jubilado y como acompañante

Como señala la página web del Imserso, los usuarios podrán ir acompañados por su cónyuge o por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Asimismo, podrán ir acompañadas de sus hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todo caso, cada persona que ocupe plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

Requisitos generales para acceder al programa

Podrán acceder al programa del Imserso aquellas personas residentes en España que reúnen alguno de los siguientes requisitos:

  • Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
  • Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
  • Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  • Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.