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Sanidad prorroga hasta el 31 de diciembre la venta de mascarillas KN95

El Gobierno prorroga hasta el 31 de diciembre la venta de EPI sin marcado CE que se encuentren en stock.

ondacero.es

Madrid | 30.09.2020 13:49

Este es el motivo por el que algunas mascarillas KN95 dejarán de venderse
Este es el motivo por el que algunas mascarillas KN95 dejarán de venderse | Agencia EFE

Este miércoles, 30 de septiembre era la fecha fijada por el Gobierno para dejar de de vender equipos de protección individual (EPI) sin marcado CE, como es el caso de las mascarillas tipo KN95. Sin embargo, un día antes de que se produjera su retirada del mercado, el BOE publica la decisión de prorrogar hasta el 31 de diciembre la venta de estos materiales que se encuentren en stock.

Al comienzo de la pandemia, dada la situación de escasez de EPI con el marcado CE reglamentario, la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa publicó en marzo (y amplió posteriormente en abril) una resolución cuyo objetivo fue facilitar la llegada de estos equipos a los colectivos que los necesitaban urgentemente y, por tanto, se autorizó la compra de estos productos con especificaciones técnicas diferentes a las normas armonizadas en la Unión Europea.

Dichas resoluciones tuvieron un carácter "excepcional y temporal", de forma que se permitiera el abastecimiento de equipos de protección individual seguros, mientras se esperaba que la oferta de dichos productos se ajustara a la demanda en un corto periodo de tiempo, debiendo los fabricantes adaptar sus procesos de producción y su oferta de EPI con marcado CE a la demanda del mercado.

En estos momentos, señala la resolución del 28 de septiembre de 2020, "se ha constatado que el abastecimiento de estos productos ha mejorado considerablemente". No obstante, quedaba pendiente determinar lo que debe suceder con las últimas unidades de productos en stock que aun pueda haber en el mercado con autorizaciones temporales otorgadas, así como con las compras públicas pendientes de recepcionar que se hubieran adquirido al amparo de las resoluciones anteriormente citadas.

De ahí que el Gobierno fije este nuevo plazo para tres supuestos: La recepción de EPI correspondientes a compras o adquisiciones públicas ya efectuadas con anterioridad al 1 de octubre de 2020; que garanticen un nivel adecuado de salud y seguridad, limitándose ésta únicamente a las unidades de producto en stock que puedan demostrar que ya se encontraban en territorio español con anterioridad al 1 de octubre de 2020; y los EPI con marcado CE sobre la base de una especificación técnica distinta de las normas armonizadas.

No obstante, las personas que hayan adquirido mascarillas KN95 antes de esa fecha podrán seguir utilizándolasaunque ya no se comercialicen. De este modo, a partir de la fecha indicada, solamente se venderán en España las mascarillas que cumplan con las especificaciones técnicas marcadas por la UE, como lasFFP2 y las FFP3.