Los portavoces de todos los grupos parlamentarios -Popular, Socialista, Unidos Podemos, ERC, Vasco y Mixto- consensuaron esta enmienda que han incluido en la proposición de ley de modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015 y que afecta a la del Registro Civil. Tras recibir el visto bueno del Senado, esta cuestión tendrá que ser refrendada por el pleno del Congreso, donde previsiblemente también contará con el apoyo de todos los grupos.
A partir de hoy, según establece el artículo 49.2 de la Ley de 2011, en caso de desacuerdo o cuando no se hayan hecho constar los apellidos en la solicitud de inscripción, el Encargado del Registro Civil requerirá a los progenitores, o a quienes ostenten la representación legal del menor, para que en el plazo máximo de tres días comuniquen el orden de apellidos. Transcurrido dicho plazo sin comunicación expresa, el Encargado acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior del menor.