El Tribunal Supremo marca doctrina y rechaza que una madre sola pueda cobrar el permiso de maternidad y el que le hubiera correspondido al otro progenitor. El Alto Tribunal deniega así que ambas prestaciones puedan sumarse.
El Supremo admite el recurso de la Fiscalía y anula la resolución del TSJ vasco en el que condenaba a la Seguridad Social por no reconocerle a una madre soltera su derecho a ocho semanas adicionales de permiso, el de paternidad, que sí pueden disfrutar las familias con dos progenitores.
Según la Sala de lo Penal del Supremo esta es una cuestión legislativa. El legislador descartó esta posibilidad y recuerda que en la reforma de la Ley del Aborto el Senado lo rechazó por abrumadora mayoría.
Para los magistrados, confirmar la sentencia recurrida supondría crear una prestación contributiva nueva en favor de los progenitores de familias monoparentales y perjudicaría a los empleadores, obligados a soportar una duración mayor de la suspensión contractual prevista expresamente en la ley.
Según la sentencia, ni la normativa europea ni ningún tratado internacional ratificado por España obliga a reconocer ese derecho y la actual regulación de los permisos no es contraria tampoco al principio de igualdad recogido en la Constitución.
Numerosos juzgados habían reconocido hasta ahora el derecho de las madres de familias monoparentales a disfrutar de un segundo permiso, pero había también magistrados discrepantes. El Supremo, con esta resolución, pone fin al debate.