Desde este lunes, se vuelve a permitir la caza en Castilla y León
La modificación el pasado miércoles de la Ley de Caza, ha permitido el levantamiento definitivo de la prohibición. Una fecha que coincide con la apertura de la temporada de caza de especies como el corzo, el jabalí o el zorro.
La publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de la modificación de la Ley de Caza de 1996 para "blindar" la actividad cinegética tras ser paralizada de forma cautelar por el Tribunal Superior de Justicia como consecuencia de un recurso de Pacma permite la actividad en la Comunidad con la apertura desde este lunes de la temporada para cazar zorro, corzo, cabra montesa y jabalí.
En concreto, la Ley publicada el viernes establece que la caza es una actividad que debe ejercitarse de manera "racional y ordenada" para garantice el estado de conservación "favorable" de las especies. Así, recuerda que en Castilla y León más del 88 por ciento de su superficie son terrenos cinegéticos y la mayor parte de los mismos, en torno a 78.000 kilómetros, están constituidos bajo la figura de cotos privados de caza.
En la exposición de motivos de la Ley se establece que la actividad cinegética se ha demostrado en los últimos años como la herramienta de gestión y control "más eficaz" de las poblaciones de ungulados silvestres, jabalíes o conejos, que permite reducir los daños ocasionados por esta fauna silvestre sobre los cultivos, la ganadería, los accidentes de tráfico y evitar enfermedades tales como la tuberculosis bovina o la peste porcina africana.
Además, como establece la Ley, la caza es "determinante" para la conservación del patrimonio natural y el equilibrio de los ecosistemas y de la fauna.
Por último, la norma destaca la importancia de la caza en las comarcas rurales de Castilla y León, especialmente las menos industrializadas o pobladas que son las más vinculadas a la actividad económica derivada de la caza, hasta el punto que los ingresos obtenidos de la misma constituyen su "principal" fuente de riqueza y, por tanto, "evitar la despoblación del medio rural".
Plazos de caza
En concreto, según se establece en la Ley, desde este lunes, 1 de abril, se podrá cazar en la Comunidad zorro --se permite durante el ejercicio de la caza de cualquiera de las especies de caza mayor--, corzo --para ambos sexos, desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre.
Además, las hembras también podrán cazarse desde el 1 de enero hasta el cuarto domingo de febrero--; la cabra montesa --desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio, y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre-- y el jabalí --en el periodo hábil para la caza del corzo, se podrá cazar el jabalí durante el ejercicio de la caza de aquella especie. Además desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas las modalidades--.
Para el resto de especies de caza mayor la orden establece para el ciervo, gamo desde el primer domingo de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades. Para el muflón se establece como temporada de caza durante todo el año únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
Así mismo el lobo se podrá cazar desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente y el rebeco desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre.
Los días hábiles para la práctica de la caza mayor serán estipulados en la aprobación de los correspondientes planes cinegéticos.
En lo que se refiere a la caza menor la temporada general de caza de liebre con galgo será desde el día 12 de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente y la del resto de especies desde el cuarto domingo de octubre hasta el cuarto domingo de enero delaño siguiente, además de las fechas que se establecen para la media veda.
Así, la media veda se establece desde el 15 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro. Desde el 25 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar, además: tórtola común, paloma torcaz y paloma bravía.