Que algunos asesinos etarras, o delincuentes comunes muy peligrosos, fueran condenados con el último código penal del franquismo, mucho más liviano que el posterior ya de la democracia, no puede cambiarse una vez aplicado.
Es demoledor pero el Tribunal Europeo no da opción ni siquiera al recurso. Un grupo de etarras y otros asesinos como el condenado por el horrendo crimen de Alcàsser, pueden quedar en libertad porque se pensó tarde y mal, por parte de los sucesivos gobiernos españoles, en corregir la ley que permitía redimir condena sobre el número de años máximo de cárcel que marca la ley (ahora 30, antes 20) en lugar de sobre la condena total.
Estrasburgo no legisla: opina y sentencia sobre la legalidad vigente en España, aprobada por nuestro Parlamento. Es un asunto complejo al que dedicaremos hoy nuestro Gabinete. No basta con indignarse: hay eminentes juristas que opinan que no podía darse otra sentencia. Otros, tan eminentes, creen que podía defenderse la doctrina Parot. Lo evidente es que hay que acatarla y cumplirla. Ahí están todos de acuerdo.