El criterio es para todos y no hay excepción. Nada objetable en ello salvo que una mujer musulmana que trabajaba en una empresa belga perdió su empleo cuando, después de 3 años en ella, apareció un día con velo y fue despedida al no atender las demandas de la empresa.
Samira Achbita presentó demanda a la justicia belga y perdió en las dos primeras instancias aunque el tribunal de Casación decidió remitir el caso al Tribunal Europeo de Justicia. Pues bien, este mediodía la abogada general de la Unión, Julianne Kokott, considera que la empresa está en su legítimo derecho de preservar la neutralidad religiosa de sus empleados. Falta que se posicione el Tribunal Europeo de justicia aunque, hasta ahora, en un 80% de las ocasiones, ha respaldado siempre el dictamen de sus abogados. Esperemos que así sea esta vez. El mensaje debe ser claro y meridiano: no hay discriminación en la prohibición del velo islámico. Son las reglas del juego que todos y todas deben cumplir.
La imposición del velo, más o menos grande, o incluso el burka en las calles occidentales es una práctica que avanza y ante la que los países donde religión y Estado llevan siglos separados no pueden cruzarse de brazos.