Con Fernando Iwasaki, Antón Reixa y Rosa Díez

El Gabinete: ¿Qué es el delito de odio y desde cuándo lo contempla el código penal?

Box ha presentado una querella por delitos de odio contra Quim Torra por los tweets y los artículos sobre España y los españoles, catalogados de xenófogos y supremacistas, y que le han valido el reproche del resto de grupos políticos. En El Gabinete vamos más allá y nos preguntamos qué es y qué no es delito de odio, desde cuándo lo contempla el código penal y cómo ha ido evolucionando.

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Madrid |

Rosa Díez cree que "el delito de odio tiene que ser producido con tal intensidad contra una persona que en sí mismo pueda dar origen a la violencia. Ese es el límite".

Antón Reixa sobre el caso de Box opina que "hay dos condiciones que establecen esa frontera entre libertad de expresión y delito de odio: no hay incitación a la violencia y los españoles no es un colectivo protegido por sufrir discriminación".

Fernando Iwasaki está de acuerdo en que "penalizar el odio es tan ambiguo o discutible como recompensar el amor, son dos cosas abstractas”, y añade que “cuando deslegitimas, descalificas o desprecias a alguien, le niegas su condición de ser humano. En eso nos hemos instalado".