La sentencia del Supremo se ha aprobado después de conocer que en la empresa, había treinta minutos de bocadillo para los antiguos trabajadores pero, sin embargo, este derecho no existía en los nuevos, alegando razones económicas. Esta medida se encontraba dentro de un acuerdo con UGT y CTI. Según José Olivas, portavoz sindical, esta situación empezó hace unos años en las empresas de automoción y se está extendiendo por todas partes. Nos cuestionamos si esta situación es discriminación o si, por el contrario, es inevitable y necesario.
Julián Casanova añade que, por cada seis horas de trabajo, son obligatorios 15 minutos de descanso. "Mientras no haya una Legislación, hay que respetar los convenios vigentes". Bajo su punto de vista "se trata de saber si los derechos que han sido conseguidos por trabajadores pueden ser respetados en momentos determinados".
Bajo la opinión de Melchor Miralles, lo que más cuenta en una empresa son los méritos de cada trabajador y, por ello, no cree que lo mejor sea controlar el horario de la plantilla. "Estoy en contra de la desigualdad de los salarios".
María José Tarancón nos recuerda que las empresas que estaban asociadas a un convenio colectivo, podían asociarse al descuelgue de ese convenio pero, afecta a toda la plantilla. Dice que la empresa puede ponerse de acuerdo con los sindicatos y pactar salarios, siempre y cuando los perjudicados sean todos los trabajadores y mientras no se vulnere la ley. Cree que la empresa "puede descolgarse del convenio pero no de la ley vigente en el Estatuto de los Trabajadores".