ENTREVISTA EN MÁS DE UNO

Catedrático de Derecho: "Si la ley desde el 2007 dice que las actividades complementarias son voluntarias, el pin parental no es ilegal"

El Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, Agustín Ruiz Robledo, dice en Más de uno que desde el punto de vista legal , la aplicación técnica del pin parental es una objeción de conciencia, un derecho que está reconocido en la Constitución. Además, explica que en 2007 Zapatero modificó una Ley Orgánica de Educación por la que las actividades complementarias en los colegios concertados tienen principio de voluntariedad.

ondacero.es

Madrid |

El catedrático afirma que "si la ley desde el 2007 dice que las actividades complementarias tienen el principio de voluntariedad, no podemos decir que es ilegal".

Explica que por miedo al adoctrinamiento en los colegios concertados, José Luis Rodríguez Zapatero modificó en 2007 la Ley Orgánica del derecho a la Educación en la que se decía que los centros concertados podían perder su derecho al concierto si los padres obligaban a que los niños acudieran a todas las actividades complementarias. "Si el PSOE quiere que las actividades escolares complementarias sean obligatorias tiene que cambiar la ley de Zapatero", asegura.

"La Constitución permite las dos opciones: que las actividades complementarias sean obligatorias y que sean voluntarias", recalca. Además, apunta que en la inmensa mayoría de los colegios las actividades complementarias no son más de una al mes.

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