Está claro que hasta ahora no tuvo ningún coste. En Cataluña no se ha cumplido ninguna ley del Estado sobre el idioma en la enseñanza, y no ha pasado nada. Tampoco se ha cumplido ninguna sentencia judicial y tampoco pasó nada.
Hoy se dice que la sentencia del Tribunal Superior es la primera que obliga a que el castellano tenga una cuota del 25 por ciento, pero a mí se suena que varias veces se mandó lo mismo, y se pasó por el forro. O bien se dijo que no había demanda social, o bien se cerró los ojos y se siguió en la inmersión pura y dura. Al tiempo que digo esto, digo que la enseñanza en castellano, en el porcentaje que sea, jamás se impondrá por sentencias judiciales.
Es más: cada sentencia será un motivo para ahondar más en la inmersión. Y ahora, con la ley Celaá que suprime el carácter vehicular del idioma oficial del Estado, mucho peor. Ya no se sabe si esta sentencia última va contra esa ley o contra la ley catalana o contra la costumbre o contra la ley de la gravedad, que es la que realmente se cumple.
Lo que tendrían que hacer los educadores es pensar en los alumnos: si se aparta totalmente el castellano, son los alumnos los que pierden. Se hará mucha patria catalana, pero esos alumnos perderán capacidad competitiva dentro de la nación en que van a trabajar. Y si aspiran a hacerlo en Europa, Estados Unidos o China, tendrán un agujero en su formación. Su aptitud se medirá por el dominio del castellano y no todavía por el dominio del catalán.