Pues claro que debería tener consecuencias. De momento, e improvisando, se me ocurren al menos cinco. La primera, la descalificación de la agudeza jurídica de los altos cuerpos de las Administraciones Públicas. Cientos o miles de asesores, el fastuoso Cuerpo de Abogados del Estado, élite de los juristas, no han servido para ver que las limitaciones de derechos excedían del estado de alarma. Suspenso general.
Segunda, los daños causados a las economías privadas. Con el estado de excepción, las medidas hubieran sido las mismas o peores; pero resulta que no se aplicó la figura pertinente, y eso abre la vía a infimitas reclamaciones. Esto es como los defectos de forma en los litigios: no son más que errores sin mala intención, pero suficientes para anular una causa, a veces de dimensión estatal.
Tercera, la censura general a todas las fuerzas políticas. Resulta que entre todas las siglas que hay en el Congreso de los Diputados, solo una, Vox, ve motivos de inconstitucionalidad. Y tampoco se le ocurrió al Partido Popular, que hizo una oposición vehemente y fogosa, pero sin el dato fundamental para ser eficiente.
Cuarta, el desprestigio que esto supone para el gobierno. Equivocarse en algo que afecta a todos los españoles, que paraliza la economía y cuesta miles de millones al erario público, no inspira precisamente confianza. Y quinta, el propio Constitucional. Dictar una sentencia después de un año no sugiere precisamente eficacia ni rapidez.