Primero vamos a ver si se confirma la sentencia. Lo que tiene ABC es el informe del ponente, pero el retraso impuesto por el presidente del Tribunal indica que se sigue debatiendo. Digamos que si el primer estado de alarma no fue constitucional, menos lo será el segundo, agravado por su duración de seis meses. Y respecto a quién lleva el varapalo, hay un orden.
En primer lugar, quien decretó la alarma y llevó el decreto a las Cortes, que es el Gobierno. Su presidente fue el autor intelectual y material y es, por tanto, el señalado y, si hubiese condena, sería el condenado por saltarse a la torera la autorización quincenal, que al menos se respetó en el primero, y por eliminar de hecho el control parlamentario. Es más discutible que la cogobernanza no sea constitucional en un estado autonómico, salvo que el ponente vea, como ve, dejación de responsabilidades del Ejecutivo.
Respecto al Parlamento, queda claro lo que sabíamos: que no sabe frenar algo que no se somete a la Constitución; que manda el interés gubernamental y se desprecian las minorías que oponen objeciones razonables; que el juego de poder le hace dejarse llevar por el Gobierno y que, al final, quien manda es la persona que aglutina la mayoría, lo cual nos conduce otra vez al presidente del Gobierno.
Si el Congreso ni siquiera matizó lo enviado por Moncloa, esta es mi conclusión: resulta poco útil, quizá nada útil, para ejercer el control y defender su propia función. Suspenso también.