El Grupo Socialista en la Diputación ha registrado hoy las alegaciones anunciadas contra el reparto del remanente realizado en la Diputación que fue aprobado en el pleno del 20 de septiembre “por no respetar la Ley” y a través de las que ha pedido la revocación de dicho acuerdo por ser nulo de pleno derecho. En el escrito jurídico registrado esta mañana, alegan en primer lugar, falta de motivación del procedimiento de urgencia y de la puesta a disposición del expediente administrativo al carecer de la preceptiva motivación y evitar la puesta a disposición a los miembros de la corporación del expediente administrativo, en tiempo y forma suficiente, para el conocimiento de los asuntos a tratar. Entienden desde el PSOE que “la única motivación de la urgencia viene a responder a la voluntad de la Presidencia de Diputación de impedir el legítimo ejercicio de acción política del art. 23 de la CE a los miembros de la corporación, lo que supone una clara vulneración de los derechos de esta parte y una quiebra del principio de seguridad jurídica del artículo 9 de la CE”.
Se produjo a su vez en ese Pleno, según el Grupo Socialista, una vulneración de los principios generales contemplados en el art. 8 de la Ley General de Subvenciones que establece los Principios Generales, de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. De la misma manera apuntan al artículo 22 de la misma Ley que indica que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se ha de tramitar en régimen de concurrencia competitiva. Este sistema de concesión de subvenciones, garantiza la publicidad y concurrencia de los que optan a la concesión, así como la igualdad y no discriminación de los mismos. Entienden desde el PSOE que de la misma manera se ha vulnerado el artículo 14 de la Constitución Española puesto que el reparto realizado ha generado desigualdad y discriminación entre los Ayuntamientos. Inciden en que se han concedido subvenciones nominativas sin que los Ayuntamientos tuvieran conocimiento de su convocatoria y su tramitación.
Respecto al deber de la Administración de cumplir con las garantías procedimentales, las alegaciones de los socialistas consideran que el Gobierno de la Diputación ha infringido el derecho al procedimiento debido y ponen de ejemplo las declaraciones de Ortiz que adujo que “las inversiones en obras son a los municipios que se han podido comprometer (con una declaración jurada) a adjudicar los proyectos antes del 31 de diciembre de este año”. Se preguntan en el texto, “cómo tiene conocimiento la Diputación de Cádiz de cuáles son los Ayuntamientos que se pueden comprometer a adjudicar proyectos antes del 31 de diciembre de 2023, qué sistema de comunicación o invitación se ha realizado a esos Ayuntamientos para que hayan podido comprometerse mediante una declaración jurada, por qué no se ha hecho extensivo a todos los Ayuntamientos”. También se ha producido una vulneración del código de buen gobierno local de la FEMP aprobado en junta de gobierno de 24 de marzo de 2015 así como del artículo 36 de la Ley de Bases de Régimen Local en cuanto al principio de proporcionalidad. Queda patente, según se desprende de las alegaciones registradas, que el reparto realizado no respeta el espíritu que debe presidir la actuación de la Diputación que viene llamada por mandato legal a asistir y cooperar jurídica, económica y técnicamente con los municipios de menor capacidad económica y a coordinar determinados servicios en aquellos de menos de 20.000 habitantes y por otro, el principio de proporcionalidad en el reparto de ayudas, sirviendo de ejemplo que frente a los 14.800 euros subvencionados a Setenil, La Línea de la Concepción ha recibido 10.200.000 euros, Cádiz 5.015.000 euros, el Puerto de Santa María 7.000.000 euros, Algeciras 5.135.000 euros y Jerez de la Frontera 4.272.268,71 euros.