La sentencia, recogida por Europa Press, da por hecho que el ahora condenado recibía desde hace tiempo quejas de su padre por el trato que éste recibía por parte de su compañero de trabajo, quien le hacía objeto de sus burlas, le agredía físicamente propinándole patadas y se refería a él llamándole 'gitano' haciendo referencia a su origen étnico.
En verano de 2019, el condenado llamó por teléfono para pedirle explicaciones por ser su padre persona de edad avanzada y vulnerable, de inferior estatura y menor fuerza que su compañero.
Tras muchos intentos, se citaron en la rotonda del 'Madrugador' de la localidad de Villarrubia de los Ojos, donde el acusado, a bordo de un BMW, junto a una tercera persona, llegó al lugar del encuentro, donde el compañero de trabajo de su padre se acercó en compañía de un primo.
Cuando el acusado de percató de su presencia, se dirigió conduciendo hacia ellos deteniéndose a la altura del número 5 del Paseo del Cordón. El compañero de trabajo del padre, desprovisto de cualquier arma o instrumento peligroso, se dirigió hacia el lado del copiloto e introdujo sus manos en el interior del coche. El primo de éste se acercó al lado del conductor e inició un forcejeó con la persona ahora encausada.
Fue ese el momento en el que el ya condenado cogió un cuchillo de 26 centímetros de longitud y 15 milímetros de hoja asestándole una puñalada en el tórax. Tras ello, con el cuchillo en la mano, bajó del coche en busca de F.A.N. al grito de 'Os mato'.
El herido, en fase agónica, alcanzó a recorrer unos 35 metros, cuando finalmente se desplomó quedando tendido, sin vida, en la acera entre un gran charco de sangre.
La puñalada recibida le perforó la región pericordial en todos sus planos, en un trayecto de unos 15 centímetros, seccionando la totalidad del corazón y que, instantes después le provocaría la muerte por shock hipovolémico y cardiogénico.
Acto seguido, el acusado se desplazó conduciendo hasta la localidad de Madridejos donde su madre estaba trabajando, si bien tras conocer el desenlace mortal del suceso, una vez que la Guardia Civil ya había desplegado el dispositivo correspondiente para localizarle y antes de encontrarle y de proceder a su detención, acudió al cuartel de Villarrubia de los Ojos para poner en conocimiento de los agentes lo sucedido, colaborando para la localización del cuchillo empleado que su madre había escondido en su centro de trabajo.
Ante la incapacidad económica del acusado, sus padres, con el consentimiento y a petición suya, se han venido ocupando de ayudar económicamente a la viuda e hijo del fallecido, y han llegado a un acuerdo extraprocesal con los perjudicados para reparar económicamente el daño causado por el delito cometido.
La sentencia condena como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio ya definido concurriendo las atenuantes analógicas por confesión y por reparación del daño, a la pena de nueve años de prisión con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Como responsable civil, indemnizará a la viuda y al hijo menor de edad con 60.000 euros.