En el veredicto, el jurado considera probado que el acusado cometió un homicidio doloso aunque con las atenuantes de reparación del daño y de la confesión del delito.
El jurado considera que la pena no se tiene que suspender y tampoco hay que indultar al procesado.
En función del veredicto y de las atenuantes, la fiscalía rebaja su petición de prisión a los 9 años, antes pedía 14.
Mientras, la acusación particular sigue solicitando 15 años de cárcel, ya que admite la atenuante de la reparación del daño pero no reconoce la de confesión del delito.
Por su parte, la defensa considera que la futura sentencia debería ajustarse a una condena de entre 4 y 6 años de prisión, teniendo en cuentas las dos atenuantes.
Antes de conocerse el veredicto, todas las partes habían acordado una responsabilidad civil de 60.000 euros como indemnización para la viuda y el hijo de la víctima.