El jurado ha tenido en cuenta y valorado los testimonios de testigos y peritos, así como pruebas tomadas en el lugar de los hechos y los informes policiales, tomando como acreditada la autoría del acusado de los tres delitos.
De esta forma, ha considerado probado que causó voluntariamente y con alevosía, ante la incapacidad de defenderse por parte de la víctima, la muerte de su compañera mediante estrangulamiento. También ha dado como acreditada la relación entre la víctima y el acusado, considerando probado que mantenían una relación sentimental, elemento que incorpora un agravante por parentesco.
Asimismo, ha valorado que queda suficientemente acreditada su culpabilidad en el delito de profanación, al demostrarse que procedió a descuartizar el cadáver para deshacerse de él en un parque cercano de Santander.
Del mismo modo, el jurado ha considerado probado el delito de aborto, al encontrarse la víctima embarazada de 16 semanas en el momento de su asesinato.
Tras la lectura del veredicto, tanto el Ministerio Fiscal como las acusaciones, particular -en representación de los familiares de la víctima--, como popular --en representación de la Junta--, han mantenido su petición de penas máximas de 25 años por asesinato con alevosía, 8 años por aborto y cinco meses por profanación del cadáver. Un total de 33 años y medio de prisión por la comisión de los delitos.
También han ratificado las cuantías de responsabilidad civil, que impone el pago de una indemnización por parte del acusado a los familiares de la víctima. Por su parte, el abogado de la defensa ha anunciado que presentará un recurso ante la sentencia, tras conocer el veredicto de culpabilidad del jurado.