egún el escrito del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el día 27 de julio de 2019, el acusado M.C.V. realizó una llamada telefónica a F.A.N., en el curso de la cual mantuvieron una fuerte discusión, en la que le amenazó. Posteriormente, el acusado llamó en reiteradas ocasiones a F.A.N., no contestando este a las mismas, recibiendo una última llamada en la que le dijo que se encontrarían en la rotonda del 'Madrugador' de la localidad de Villarrubia de los Ojos.
A continuación, al volante de un vehículo y acompañado de C.D.P., quien ocupaba el asiento del copiloto, M.C.V. se desplazó hasta la antes indicada rotonda. F.A.N. hizo lo propio y se encaminó hacia el citado lugar junto con su primo I.G.R.
Así, sobre las 20.30 horas y al percatarse M.C.V. de la presencia de F.A.N., se dirigió directamente hacia ellos con el vehículo, deteniendo su marcha a escasos centímetros de donde se encontraban. Acto seguido, F.A.N., desprovisto de cualquier arma o instrumento peligroso, se dirigió hacia el lado del copiloto y como quiera que la ventanilla estaba bajada, introdujo sus manos.
Asimismo, I.G.R., desprovisto, igualmente, de cualquier arma o instrumento peligroso, se dirigió hacia el lado del conductor e introdujo sus manos por la ventanilla, entablando un forcejeo con el acusado M.C.V. en el curso del cual, guiado en su ánimo por el propósito de acabar con la vida de aquel, cogió un cuchillo de cocina, de 26 centímetros de longitud y 15 de hoja, que portaba en el interior del habitáculo del vehículo, concretamente debajo de la alfombrilla de su asiento.
Una vez que el acusado asió el cuchillo y aprovechando la superioridad de fuerzas, situado frente a I.G.R., le asestó una puñalada en el tórax que le perforó la región precordial en todos sus planos, en un trayecto de unos 15 centímetros, seccionando en casi su totalidad el corazón y que, instantes después, le provocaría la muerte por shock hipovolémico y cardiogénico.
Seguidamente, el acusado, se apeó del vehículo, cuchillo en mano, y salió tras I.G.R. y F.A.N., al tiempo que les gritaba "os mato", para a continuación, introducirse en el vehículo, emprendiendo la huida, abandonando el lugar.
Tras haber recibido la puñalada, I.G.R. en fase agónica, alcanzó a recorrer unos 35 metros, hasta que finalmente se desplomó, quedando tendido, sin vida, en la acera, entre un gran charco de sangre. Hasta el lugar se desplazaron los servicios sanitarios, procediendo a
realizar sobre I.G.R., de forma infructuosa, sin éxito y por un espacio de 30 minutos, maniobras de reanimación cardiopulmonar, datándose como hora aproximada de la muerte las 21.20.
A la fecha de los hechos, I.G.R., de 25 años, estaba casado con G.G.R. y como fruto de dicha unión tenía un niño de tres años de edad.
Por estos hechos, el acusado, que se encuentra en prisión provisional desde el 29 de julio de 2019, se enfrenta a una pena de 14 años por un delito de homicidio con la circunstancia agravante de superioridad.
Asimismo, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a la viuda de I.G.R. con 90.000 euros en concepto de perjuicio personal básico y 20.000 en concepto de lucro cesante, y a A.G.G.R, en calidad de representante legal del hijo del fallecido, con 90.000 euros por perjuicio personal básico y 38.000 en concepto de lucro cesante. Asimismo, pide que se indemnice a la Gerencia de Atención Integrada de Ciudad Real con 87,87 euros por la asistencia prestada a la víctima.