Tribunales

Declaran accidente laboral la muerte por infarto de un camarero de Cuenca tras recibir la carta de despido

El Juzgado de lo Social número 1 de Cuenca ha declarado accidente laboral la muerte por infarto de un camarero tras recibir una carta de despido durante su baja laboral.

Onda Cero Cuenca

Cuenca | 19.12.2023 09:34

Imagen de archivo de un camarero
Imagen de archivo de un camarero | Pixabay

Así lo indica la sentencia, con fecha de noviembre de 2023, a la que ha tenido acceso Onda Cero Cuenca.

El texto considera hechos probados que el camarero fallecido se encontraba el 17 de noviembre de 2018 en su casa, de baja laboral a causa de una fractura costal producida por una caída.

Asimismo, relata que “a las 10.14 horas su empresa hizo llegar mediante burofax al domicilio del trabajador su carta de despido.”

Tras su lectura, sufrió un infarto agudo de miocardio, a consecuencia del cual escasos minutos después falleció, sin que los servicios médicos que habían acudido avisados por su esposa de forma inmediata pudieran hacer nada por salvarle la vida, ha detallado por su parte el sindicato CCOO, que presentó las demandas en nombre de su viuda y los dos menores huérfanos.

La UVI móvil desplazada a atender la llamada de auxilio solo pudo certificar la muerte.

En este sentido, el sindicato ha destacado que su muerte “vino causada por contingencia profesional (accidente de trabajo)", y no por la “contingencia común (enfermedad común)” inicialmente establecida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como determinante del fallecimiento.

Pensiones viudedad y orfandad

El reconocimiento judicial del origen laboral de la causa de la muerte de este trabajador conlleva importantes mejoras económicas para los deudos del fallecido, que verán incrementadas sus pensiones de viudedad y de orfandad.

Asimismo, tendrán derecho a percibir las indemnizaciones legales previstas tanto en la normativa sobre Seguridad Social como en el convenio colectivo que le era de aplicación al difunto, el de Hostelería de la provincia de Cuenca.

Parte de estas mejoras correrán a cargo de la mutua con la que el restaurante en el que trabajaba el fallecido tenía concertadas las contingencias profesionales.

Otras corresponden a la empresa (o, en su caso, a su aseguradora), que, en su momento, también asumió la improcedencia del despido instada por CCOO, con las correspondientes responsabilidades indemnizatorias, ha explicado el sindicato en una nota de prensa.

CCOO se congratula de esta decisión judicial, que ayudará a la viuda y a los huérfanos del trabajador fallecido a afrontar "con un poco más de seguridad, al menos económica, la vida que tienen por delante tras la repentina, la terrible e irreparable pérdida del esposo y del padre".