CRISIS DEL CORONAVIRUS

Estas son las zonas básicas de Madrid confinadas a partir de este lunes 5 de abril

La Comunidad de Madrid ha actualizado la información epidemiológica y sobre las zonas básicas de salud que entran y salen del confinamiento. Consulta aquí cuáles son las áreas que salen del confinamiento y cuáles estarán confinadas a partir de este lunes 5 de abril.

ondacero.es

Madrid | 05.04.2021 11:52

Antonio Zapatero, Enrique Ruiz Escudero y Elena Andradas
Antonio Zapatero, Enrique Ruiz Escudero y Elena Andradas | Agencia EFE

El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, junto con el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19 de la Comunidad de Madrid, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, han actualizado la información sobre la situación epidemiológica y asistencial en la región por la pandemia del coronavirus y sobre las zonas básicas de salud que entran el confinamiento. Consulta aquí cuáles son las áreas salen del confinamiento y cuáles estarán confinadas a partir del lunes 5 de abril.

A partir de este lunes quedarán perimetradas un total de 11 zonas básicas y 10 localidades, núcleos de población donde se concentran hasta 324.000 ciudadanos, el 4,9% del total de la región, y concentran el 7,4% de los casos de los últimos 14 días. Desde la Consejería de Sanidad han pedido precaución y han recordado que el 80% de los contagios de Covid-19 se producen en el ámbito familiar y domiciliario.

Zonas básicas que entran en confinamiento

La Dirección General de Salud Pública continúa con los estándares de confinar aquellas zonas en las que se superan los 350 casos por cada 100.000 habitantes, con una transmisión comunitaria y sin muestra de una tendencia descendente. Por ello, han confirmado que tres zonas básicas de salud y seis municipios entrarán en confinamiento desde este lunes 5 de abril, durante 14 días y estará vigente hasta el 19 de abril.

  • Colmenarejo
  • La Cabrera
  • Moralzarzal
  • Villaviciosa de Odón
  • Las Margaritas (Getafe)
  • San Fernando (San Fernando de Henares)
  • Alameda de Osuna (Barajas)
  • Rejas (San Blas-Canillejas)
  • Chopera (Arganzuela)

Zonas básicas en confinamiento desde el 29 de marzo

  • Zona básica de Valle de la Oliva (Majadahonda)
  • Nuñez Morgado (Chamartín)
  • Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo)
  • Vicálvaro-Artilleros (Vicálvaro)
  • Valdebernardo (Vicálvaro)
  • Chapinería
  • Navas del Rey
  • Torrejón de Velasco
  • Los Santos de Humosa
  • Navacerrada
  • Paracuellos de Jarama
  • Villanueva de la Cañada

¿Cuáles son las restricciones en estas zonas básicas de salud?

  • Lugares de culto: aforo limitado a un tercio.
  • Velatorios: máximo de 15 personas al aire libre y 10 en interiores.
  • Aforos en el resto de actividad: al 50%.
  • Toque de queda: entre las 23:00 horas y las 06:00 horas.
  • Cierre de hostelería: a las 23:00 horas y con suspensión del servicio en barra.
  • Reuniones sociales: prohibidas en domicilios las reuniones de no convivientes, salvo que se trate de cuidados a personas dependientes, menores o vulnerables, y limitadas a cuatro personas en bares y restaurantes, seis comensales por mesa en terrazas.
  • Comercios, servicios profesionales y mercadillos al aire libre: desde las 06:00 horas hasta las 22:00 horas.

Restricciones generales aplicadas a toda la Comunidad de Madrid

Toque de queda

El toque de queda implementado en la Comunidad de Madrid desde hace varias semanas permanece inamovible desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas.

Prohibidas las reuniones de no convivientes en domicilios

Además, las reuniones de no convivientes en domicilios y espacios cerrados siguen estando prohibidas, con la excepción del cuidado de personas menores o vulnerables.

Aforo en terrazas y ocio

En cuanto al aforo máximo en los locales, en los interiores sigue siendo cuatro el número máximo de comensales por mesa, mientras que en las terrazas permanece el máximo de seis personas por mesa. Mientras que en los espacios de ocio el aforo será del 50%.

Mascarilla obligatoria en hostelería

El uso de la mascarilla es obligatorio tanto en el interior como en el exterior de los locales de hostelería durante todo el tiempo que se permanezca en su interior. Tan sólo se podrá retirar en el momento de comer o beber.