AYUDAS AL ALQUILER

Ayudas al alquiler en Madrid: Requisitos, renta máxima, edad y cómo solicitarlas

El Plan Integral de Alquiler Municipal presentado por el Ayuntamiento de Madrid pretende ayudar y dar facilidades a los arrendatarios y arrendadores de la ciudad. Conoce los requisitos para acceder a estas ayudas.

ondacero.es

Madrid | 26.01.2021 16:45 (Publicado 26.01.2021 14:28)

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El Ayuntamiento de Madrid ha presentado el Plan Integral de Alquiler Municipal, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS), que tiene como objetivo ayudar y dar facilidades al pago del alquiler a aquellos hogares que, por sus ingresos, no pueden optar a una vivienda social en alquiler, pero tampoco disponen de los recursos económicos necesarios para poder alquilar una vivienda en la capital.

Requisitos para optar al Bono Vivienda

Las personas que quieran optar a estas ayudas deberán cumplir dos requisitos iniciales. Tendrán que llevar empadronados en Madrid como mínimo cinco años. Además, sus ingresos brutos anuales, en función del número de miembros de la unidad familiar, tendrán que ser entre 32.000 y 88.000 euros. El reglamento de la EMVS establece que únicamente se pueden apuntar al registro de solicitantes de vivienda en alquiler aquellos hogares que tengan unos ingresos familiares inferiores al 3,5 veces el IPREM y no dispongan de una vivienda en propiedad.

El Bono Vivienda, que es una ayuda para pagar el alquiler, no podrá superar los 900 euros y los inquilinos no pagarán más del 30% de sus ingresos netos familiares. Por lo tanto, el importe mínimo a abonar será de 450 euros familiares. Se accederá a las vivienda por orden de llegada a la bolsa y tras su elección por parte del propietario.

La EMVS ha habilitado un simulador que permite al posible interesado comprobar si cumple los requisitos para beneficiarse del Bono Vivienda, y ofrece una estimación sobre el importe del mismo.

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Edad y tipo de familia

Además de llevar empadronado en Madrid, al menos, cinco años y del límite de ingresos, hay otros requisitos que permitirán cuantificar el Bono Vivienda. Estos son: ser menor de 35 años o mayor de 65 años, tener una discapacidad igual o superior al 33%, tener una dependencia de grado II o III, ser una familia con hijos menores de 25 años dependientes económicamente o embarazadas, ser una familia con hijos dependientes a su cargo (cualquiera que sea su edad) con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, personas separadas o divorciadas, con hijos, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio, y víctimas de violencia de género.

Por ejemplo, una pareja de 54 y 43 años, sin hijos o hijas, cuyos ingresos conjuntos suman 3,72 veces el IPREM, es decir, 3.100 euros entre los dos, la EMVS les buscará una casa con un alquiler inferior a 870 euros.

Programa Reviva

Dentro del Plan Integral de Alquiler Municipal se ha creado el Programa Reviva, que pretende que los propietarios de viviendas vacías las cedan a la EMVS durante un periodo determinado. El objetivo es “reactivar el mercado del alquiler de Madrid, recuperar las viviendas vacías que miles de propietarios tienen en desuso y aumentar la oferta de alquiler”, según expone el propio documento.

A cambio, el propietario recibirá mensualmente una renta durante el periodo que dure el contrato, esté o no alquilada la vivienda.

Asimismo, no tendrá que hacer ningún trámite. Si la casa se encuentra en mal estado o para reformar, será la propia EMVS quien adelantará el coste de las obras hasta un máximo de 45.000 euros, sin intereses.

Cuándo se puede ceder la vivienda

La vivienda deberá llevar vacía, al menos, nueve meses, para que esta pueda ser cedida. No obstante, se establecen dos excepciones: cuando se trate de una vivienda turística o que los inmuebles queden vacíos como consecuencia del ingreso de sus titulares en alguno de los servicios sociales residenciales para la tercera edad.

Programa conFIANZA Joven: Edad y requisitos

El Ayuntamiento de Madrid también ha creado el Programa confianza Joven, destinado a las personas menores de 35 años que necesitan una ayuda económica para alquilar un piso.

En este caso, la EMVS se haría cargo de la fianza y el inquilino dispondrá de 24 meses para devolver el dinero.

Para este programa, los requisitos son: llevar empadronado en Madrid como mínimo cinco años, tener unos ingresos anuales inferiores a cuatro veces el IPREM (37.300 euros brutos) y que el contrato de alquiler esté gestionado a través de la EMVS dentro del Programa de intermediación ALMA.