Guía del confinamiento en Madrid: qué se puede hacer y qué no a partir del lunes
Este lunes entran en vigor lasmedidas de restricción anunciadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid que afectarán a 37 zonas sanitarias de la región. Unas restricciones dirigidas a controlar la expansión de la Covid-19 y que afectarán a los madrileños en la movilidad y en el ámbito social. A continuación, explicamos qué se podrá y que no se podrá hacer en estas zonas a partir del próximo lunes.
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Las restricciones anunciadas este viernes por el Gobierno regional de la Comunidad de Madrid afectarán a las zonas de la capital y la región con mayor incidencia del virus. Más de 850.000 personas se verán afectadas por las nuevas medidas para atajar la expansión del virus, que tendrán una duración mínima de 14 días, periodo que podrá prorrogarse. Pero, ¿en qué consisten estas medidas? ¿Qué podrán hacer y no hacer los madrileños que vivan en las zonas afectadas a partir de este lunes?
¿Puedo ir a trabajar?
Sí. El desplazamiento al lugar de trabajo estará permitido. También lo estarán los desplazamientos a centros escolares, sanitarios, entidades financieras, por cuidado de personas mayores, por retorno a la residencia habitual o por motivos de fuerza mayor. Asimismo, en todos estos casos, deberá llevarse algún documento que justifique el desplazamiento por algunas de las causas autorizadas.
¿Puedo llevar a mi hijo al colegio?
Sí. El desplazamiento a los centros escolares se encuentra entre los autorizados en las zonas afectadas por las restricciones. Aunque será necesario portar algún documento que justifique el desplazamiento, ya que puede ser requerido en cualquier momento por los agentes de la autoridad.
¿Puedo acudir a examinarme?
Sí. Estará permitido el desplazamiento para realizar exámenes y pruebas oficiales ya que se considera un motivo de fuerza mayor.
¿Puedo salir a pasear?
Sí. Estará permitida la circulación, pero sólo dentro del perímetro de cada área restringida.
¿Puedo ir al gimnasio?
Sí, aunque de forma limitada. Se podrá hacer deporte en instalaciones deportivas si se reduce el aforo también al 50% y la práctica deportiva grupal se reduce a 6 personas.
¿Está permitido ir a un bar?
En este caso, en los locales de hostelería, se reducen los aforos al 50% en interior y exterior y se suspende el servicio en barra. La ocupación máxima en mesas será de 6 personas y el horario de cierre será igualmente a las 22:00 horas, pero se podrá repartir a domicilio.
¿Y al cine?
Al igual que en el caso de la hostelería, estará permitido acudir a cines, teatros, auditorios o salas de conciertos, pero se reducirá el aforo al 50%.
¿Qué ocurre si me salto el confinamiento?
El no acatar las nuevas medidas impuestas por la Comunidad de Madrid, puede conllevar multas de entre 600 y 600.000 euros. Para ello, el Gobierno regional ha solicitado su colaboración a la Delegación del Gobierno y a los ayuntamientos para contar con la vigilancia de la Policía Nacional, Guardia Civil y policías municipales.