Las Zonas de Bajas Emisiones, tal y como se puede leer en el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, son áreas urbanas donde se establecen restricciones de acceso a determinados vehículos conforme a su clasificación según el Reglamento General de Vehículos vigente.
Las ZBE se establecen como herramientas para asegurar que se cumplen los requisitos establecidos en las Directivas sobre la calidad del aire en el ambiente en los entornos urbanos. Además, son esenciales para impulsar un cambio en el modelo de movilidad. Mediante su implantación se busca lograr los siguientes objetivos:
- Mejorar la calidad del aire y la salud de la ciudadanía mediante la reducción de emisiones contaminantes. Además de disminuir el ruido que los vehículos generan.
- Contribuir a la mitigación del cambio climático con la disminución de emisiones de gases de efecto invernadero.
- Reducir el consumo de combustibles fósiles.
- Mejorar la calidad de vida urbana mediante la promoción de una movilidad más sostenible.
¿Qué coches pueden entrar en Madrid en 2024?
Los vehículos que podrán circular por las Zonas de Bajas Emisiones son aquellos que tengan cualquier etiqueta B, C, ECO o CERO de la DGT. Los residentes que no tengan el distintivo también podrán moverse, eso sí hasta 2025. El coche deberá estar domiciliado en la ciudad en el Registro de Vehículos y figurar en el padrón del Impuesto sobre Vehículo de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid. También podrán moverse los vehículos sin etiqueta utilizados para trasladar a personas con movilidad reducida, los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y aquellos coches reconocidos como históricos.
¿Cómo saber si estoy entrando en una ZBE?
La ley obliga a que todos los espacios protegidos estén correctamente identificados y señalizados. De esta manera y para unificar la lectura a nivel nacional, se ha diseñado una nueva señal de tráfico vertical.
¿Cuáles son las Zonas de Bajas Emisiones en Madrid?
Actualmente la capital dispone de dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) y una Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Estas áreas restringen la circulación a determinados vehículos aunque cada una posee sus propias normas.
Madrid ZBE
Es la ZBE de mayor extensión y desde este lunes se ha incluido el interior de la M-30 así como la propia autopista de circunvalación. Aquellos turismos que no tengan la etiqueta medioambiental no podrán acceder a este área. Si lo podrán hacer los que tengan distintivo B, C, ECO o CERO, así como los residentes que no tengan la pegatina.
ZBEDEP Plaza Elíptica
La zona está delimitada por la Plaza Elíptica, las calles colindantes y el túnel de la carretera A-42 en ambos sentidos. Las restricciones para la entrada de los coches son las mismas que para Madrid ZBE, los que no tengan etiqueta medioambiental tendrán prohibido el acceso. Sí podrán circular los que dispongan la pegatina B, C, ECO o CERO y los residentes sin distintivo.
ZBEDEP Distrito Centro
Antes conocida como Madrid Central, es el área más restrictiva, comprende las calles de la almendra central de la capital. Los coches sin distintivo medioambiental no podrán circular ni atravesar la zona, pero a diferencia de las dos anteriores los que tengan las pegatinas B o C sólo podrán entrar si estacionan en un aparcamiento de uso público o privado. Los que tengan etiqueta ECO o CERO no tienen ningún tipo de prohibición.