NEGLIGENCIA MÉIDCA

El Servicio Andaluz de Salud indemniza a unos padres por la muerte de su bebé

El SAS reconoce que hubo negligencia en el seguimiento del parto y pide disculpas a los padres

Onda Cero Córdoba

Córdoba | 20.02.2023 14:48 (Publicado 20.02.2023 14:46)

El Servicio Andaluz de Salud indemniza a unos padres por la muerte de su bebé
El Servicio Andaluz de Salud indemniza a unos padres por la muerte de su bebé | creative commons

El Servicio Andaluz de Salud indemnizará a unos padres que perdieron a su bebé debido a una negligencia médica ocurrida en marzo de 2017 en el Hospital Infanta Margarita . La cuantía de la indemnización asciende a 189.237 euros.

El recién nacido falleció al día siguiente del parto. El SAS ha presentado una disculpa al corroborar que existió conexión entre la prestación asistencial dispensada y el fallecimiento del menor. El organismo de salud lamenta profundamente lo ocurrido según recoge la disculpa.

Fue el 7 de marzo de 20178 cuando la madre gestante de 32 años se puso de parto después de cumplir los meses de g estación sin que se presentase problema alguno para la madre y el bebé. Acudió al hospital al constatar la rotura del saco amniótico y tener contracciones.

Al ingresar en el centro hospitalario, la mujer advirtió del sangrado que padecía por vía vaginal desde que “rompió aguas”, situación que fue pasada por alto parte de los facultativos que la atendieron y que, incluso tras las reiteradas quejas y solicitudes de la gestante y sus familiares, para que el sangrado fuera advertido y examinado, no indicaron prueba alguna para conocer si el bienestar del niño que iba a nacer estaba comprometido. Esta situación, lamentablemente, continuó produciéndose en las horas anteriores al parto.

Durante el ingreso y el parto, la gestante fue monitorizada en escasas ocasiones y cuando lo fue se registraron deceleraciones prolongadas y profundas de repetición, lo que evidenciaba pérdida de bienestar fetal. Sin embargo, a pesar de estos preocupantes datos, la paciente no fue explorada hasta horas después, cuando, finalmente, y tras una nueva desaceleración, se decidió realizar una cesárea urgente.

El SAS ha reconocido en su resolución, que la indicación de la cesárea fue tardía, pues en el preciso momento en que se percataron de las alteraciones en el bienestar del nasciturus es cuando debería haberse prescrito. La falta de vigilancia de los facultativos propició que se tardara más de 20 minutos en tomar la decisión. Desde que se manifestaron signos de pérdida de bienestar fetal, hasta que se extrajo al niño transcurrieron 52 minutos.

Como consecuencia de ello, el recién nacido acusó parada cardiorrespiratoria secundaria a una bradicardia fetal y a un desprendimiento de placenta. Tras 20 minutos de reanimación, recuperó el latido cardíaco, indicándose su traslado al Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba, donde falleció al día siguiente por fallo multiorgánico derivado de hipoxia severa.

Después de casi seis años el SAS indemniza a los padres por la muerte del bebé, reconociendo su responsabilidad en ello.

La representación de los padres del bebé fallecido ha sido ejercida por el letrado Carlos Sardinero García, perteneciente a los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente.